Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Teletrabajo. Ayudas. (2022081614)
Anuncio de 3 de octubre de 2022 por el que se da publicidad a las ayudas destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y emprendimiento digital en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
36 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 196
Martes 11 de octubre de 2022
49338
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
ANUNCIO de 3 de octubre de 2022 por el que se da publicidad a las ayudas
destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y emprendimiento
digital en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2022081614)
Mediante la Orden de 9 de septiembre de 2020, se establecieron las bases reguladoras de
ayudas destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y emprendimiento digital en
empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 180, de 16 de septiembre).
Mediante Resolución 10 de noviembre de 2020, de la Secretaría General, se aprobó la
convocatoria de las ayudas destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y
emprendimiento digital en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm.
224, de 19 de noviembre).
El artículo 26 de la citada orden, así como el resuelvo vigésimo primero de la Resolución de 10
de noviembre de 2020, establecen que se dará publicidad a las subvenciones concedidas en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, en la forma establecida en los artículos
17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
El artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, prevé la publicación en el Diario Oficial
correspondiente de las subvenciones concedidas con la expresión de la convocatoria, programa
y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o
finalidades de la subvención, y de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea,
las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que
sea de aplicación.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos y en el artículo 18 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se procede a dar publicidad en el anexo
a las subvenciones concedidas, destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo
y emprendimiento digital en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la
primera convocatoria de estas ayudas, en los términos que a continuación se relacionan:
Las subvenciones destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y emprendimiento
digital en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura se han concedido por importe
total de 3.500.000 euros, se imputan a la aplicación presupuestaria 14011.332A.77000, código
de gasto 20200293, con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER),
en un 80 %, con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional
(FEDER) de Extremadura, correspondiente al periodo de programación 2014-2020, dentro del
Martes 11 de octubre de 2022
49338
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
ANUNCIO de 3 de octubre de 2022 por el que se da publicidad a las ayudas
destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y emprendimiento
digital en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2022081614)
Mediante la Orden de 9 de septiembre de 2020, se establecieron las bases reguladoras de
ayudas destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y emprendimiento digital en
empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 180, de 16 de septiembre).
Mediante Resolución 10 de noviembre de 2020, de la Secretaría General, se aprobó la
convocatoria de las ayudas destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y
emprendimiento digital en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm.
224, de 19 de noviembre).
El artículo 26 de la citada orden, así como el resuelvo vigésimo primero de la Resolución de 10
de noviembre de 2020, establecen que se dará publicidad a las subvenciones concedidas en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, en la forma establecida en los artículos
17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
El artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, prevé la publicación en el Diario Oficial
correspondiente de las subvenciones concedidas con la expresión de la convocatoria, programa
y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o
finalidades de la subvención, y de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea,
las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que
sea de aplicación.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos y en el artículo 18 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se procede a dar publicidad en el anexo
a las subvenciones concedidas, destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo
y emprendimiento digital en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la
primera convocatoria de estas ayudas, en los términos que a continuación se relacionan:
Las subvenciones destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y emprendimiento
digital en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura se han concedido por importe
total de 3.500.000 euros, se imputan a la aplicación presupuestaria 14011.332A.77000, código
de gasto 20200293, con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER),
en un 80 %, con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional
(FEDER) de Extremadura, correspondiente al periodo de programación 2014-2020, dentro del