Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062885)
Resolución de 29 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto "Instalación solar fotovoltaica "Parque 3" e infraestructura de evacuación", a ejecutar en el término municipal de Mérida. Expte.: IA20/1436.
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NÚMERO 195
49046
Lunes 10 de octubre de 2022
RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2022, de la Dirección General de
Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto "Instalación solar fotovoltaica
"Parque 3" e infraestructura de evacuación", a ejecutar en el término municipal
de Mérida. Expte.: IA20/1436. (2022062885)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Resolución de 12 de abril de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, se formuló declaración de impacto ambiental favorable (DOE n.º 78, de 25 de abril),
para el proyecto de “Instalación solar fotovoltaica “Parque 3” e infraestructura de evacuación”,
proyecto a ejecutar en el término municipal de Mérida, cuya promotora es Bloggers Energías
Renovables, SL.
Segundo. El proyecto se evaluó mediante procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria, conforme al artículo 62.b) de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. El objeto del proyecto consiste en la construcción de una instalación solar fotovoltaica (en adelante, ISF) “Parque 3” de 16,128 MWp, así como su línea eléctrica de evacuación
aérea de 66 kV. La planta fotovoltaica se ubica en el polígono 78, parcelas 400, 399, 401 y
220, del término municipal de Mérida, con una superficie de ocupación de 30,18 hectáreas.
Cuarto. Con fecha 15 de septiembre de 2022 la promotora presenta documento ambiental
relativo a la modificación del proyecto inicialmente sometido a evaluación de impacto ambiental ordinaria, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 86.1 de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que establece que “Los promotores que pretendan introducir modificaciones de proyectos incluidos
en el anexo IV deberán presentar ante el órgano ambiental un documento ambiental con el
contenido recogido en el artículo 80 de la presente ley”.
Quinto. Con fecha 21 de septiembre, la Dirección General de Sostenibilidad inicia la fase de
solicitud de informes a las Administraciones Públicas afectadas por razón de la materia en
relación con los elementos esenciales que son objeto de la modificación solicitada y tenidos
en cuenta en la evaluación de impacto ambiental, por exigirlo así el artículo 86.2 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En la tabla adjunta se recogen los organismos y entidades consultados durante esta fase, y si
han emitido informe en relación con el documento ambiental:
RELACIÓN ORGANISMOS Y ENTIDADES CONSULTADOS
RESPUESTAS RECIBIDAS
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas.
Dirección General de Sostenibilidad
X
49046
Lunes 10 de octubre de 2022
RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2022, de la Dirección General de
Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto "Instalación solar fotovoltaica
"Parque 3" e infraestructura de evacuación", a ejecutar en el término municipal
de Mérida. Expte.: IA20/1436. (2022062885)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Resolución de 12 de abril de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, se formuló declaración de impacto ambiental favorable (DOE n.º 78, de 25 de abril),
para el proyecto de “Instalación solar fotovoltaica “Parque 3” e infraestructura de evacuación”,
proyecto a ejecutar en el término municipal de Mérida, cuya promotora es Bloggers Energías
Renovables, SL.
Segundo. El proyecto se evaluó mediante procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria, conforme al artículo 62.b) de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. El objeto del proyecto consiste en la construcción de una instalación solar fotovoltaica (en adelante, ISF) “Parque 3” de 16,128 MWp, así como su línea eléctrica de evacuación
aérea de 66 kV. La planta fotovoltaica se ubica en el polígono 78, parcelas 400, 399, 401 y
220, del término municipal de Mérida, con una superficie de ocupación de 30,18 hectáreas.
Cuarto. Con fecha 15 de septiembre de 2022 la promotora presenta documento ambiental
relativo a la modificación del proyecto inicialmente sometido a evaluación de impacto ambiental ordinaria, dándose así cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 86.1 de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que establece que “Los promotores que pretendan introducir modificaciones de proyectos incluidos
en el anexo IV deberán presentar ante el órgano ambiental un documento ambiental con el
contenido recogido en el artículo 80 de la presente ley”.
Quinto. Con fecha 21 de septiembre, la Dirección General de Sostenibilidad inicia la fase de
solicitud de informes a las Administraciones Públicas afectadas por razón de la materia en
relación con los elementos esenciales que son objeto de la modificación solicitada y tenidos
en cuenta en la evaluación de impacto ambiental, por exigirlo así el artículo 86.2 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En la tabla adjunta se recogen los organismos y entidades consultados durante esta fase, y si
han emitido informe en relación con el documento ambiental:
RELACIÓN ORGANISMOS Y ENTIDADES CONSULTADOS
RESPUESTAS RECIBIDAS
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas.
Dirección General de Sostenibilidad
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