Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Eléctrica. (2022062879)
Resolución de 28 de septiembre de 2022, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Edistribución Redes Digitales, SLU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Modificado del proyecto de construcción de nueva subestación eléctrica 66/15 kV y 25 MVA, denominada "Tierra de Barros", en el término municipal de Almendralejo (Badajoz)". Expte.: 06/AT-1788/18216.
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NÚMERO 194
Viernes 7 de octubre de 2022

48900

3 detectores monofásicos de presencia de tensión con indicadores luminosos de estado
sólido.
1 compartimento para elementos de control y mando, y para equipos electrónicos de contaje.
— Posición de batería de condensadores.
Tipo: Cabina interior blindada aislada en SF6.
Esquema: Simple barra.
1 tramo tripolar de barras.
1 seccionador tripolar de tres posiciones: conexión y desconexión a barras y puesta a tierra. Se admitirán configuraciones con funcionamiento equivalente, sujeto a aprobación
previa por parte de e-Distribución.
1 interruptor tripolar automático.
3 conectores enchufables, para conexión de cable seco de hasta 1x400 mm2 Al.
3 transformadores de intensidad de fase toroidales para protección.
3 detectores monofásicos de presencia de tensión con indicadores luminosos de estado
sólido.
1 compartimento para elementos de control y mando, y para equipos electrónicos de control y protección.
Posición de telecontrol y protecciones:
Se instalará un sistema integrado de control y protección (en adelante SICP) compuesto
por remota y sistema protectivo. El sistema incorporará las funciones de control, local,
telecontrol, protección y medida de todas las posiciones de la subestación, incluidos los
Servicios Auxiliares, tanto de corriente continua como de corriente alterna. La subestación
será telemandada desde el CCAT de Sevilla.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.