Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Eléctrica. (2022062882)
Resolución de 23 de septiembre de 2022, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Hijos de Jacinto Guillen Distribuidora Eléctrica, SLU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Ampliación de 250 kVA a 500 kVA de CT 205 "Angelito" en la población de La Zarza". Término municipal: La Zarza. Expte.: 06/AT-1618/18189.
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NÚMERO 194
Viernes 7 de octubre de 2022

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en el mismo emitidos por otras Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicio
público o de servicios de interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución pertinente, en la que se solventarán las problemáticas o discrepancias surgidas con motivo de las
alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el procedimiento que no
hubieran quedado solventadas con anterioridad al trámite de resolución.
En el presente caso no han sido presentadas alegaciones, y la Empresa ha aceptado los condicionados de Administraciones Públicas y entidades afectadas.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio,
RESUELVE:
Conceder a Hijos de Jacinto Guillen Distribuidora Eléctrica, SLU, autorización administrativa
previa de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “Ampliación de 250 kVA
a 500 kVA de CT 205 “Angelito” en la población de La Zarza”, cuyos datos esenciales son los
indicados seguidamente:
Ampliación centro de transformación (06/AT/-1618-13367).
Tipo: Cubierto.
Nivel de aislamiento: 24 kV.
Tensión nominal: 22 kV.
N.º de transformadores y potencia: 1 existente de 250kVA + 1 nuevo de 250kVA.
Relación de transformación: 22kV/230-400 V.
Emplazamiento de la línea: Avda. de la Paz, s/n.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.