Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Inclusión Social. Subvenciones. (2022062871)
Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, por la que se da publicidad a la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para la financiación de programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 193
Jueves 6 de octubre de 2022

48538

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2022, de la Dirección General de
Servicios Sociales, Infancia y Familias, por la que se da publicidad a la
concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para la
financiación de programas de inclusión social para colectivos en situación o
riesgo de exclusión social para el ejercicio 2022. (2022062871)
La Orden de 24 de mayo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar programas de inclusión social para colectivos en situación o
riesgo de exclusión social (DOE n.º 101, de 28 de mayo), establece en el artículo 2 que las
subvenciones reguladas en la presente orden irán dirigidas a financiar, total o parcialmente, los
programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social regulados en el artículo 3 que desarrollen las entidades del Tercer Sector Social y Cruz Roja Española
en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El procedimiento para la concesión
de estas subvenciones es el de concurrencia competitiva mediante convocatoria periódica.
En cumplimiento de lo anterior, el día 1 de febrero de 2022 se publicó en el Diario Oficial de
Extremadura la Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que
se convocan subvenciones destinadas a financiar programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social para el ejercicio 2022.
El apartado decimotercero de la citada Resolución de 30 de diciembre de 2021 (DOE n.º 21,
de 1 de febrero de 2022) dispone que las subvenciones concedidas se publicarán en el Diario
Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, indicándose la aplicación presupuestaria
y el proyecto de gasto al que se imputan, la entidad beneficiaria, la cantidad concedida y la
finalidad de la subvención.
Igualmente dispone dicho apartado que serán publicadas en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones, a tenor de lo previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura,
según se establece en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto
de Extremadura (denominación modificada por la disposición adicional Ley 4/2022, de 27 de
julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura).
En cumplimiento de lo dispuesto en los citados artículos, y en ejercicio de la competencia
delegada por parte del titular de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales mediante Resolución de 29 de marzo de 2021 (DOE n.º 63, de 6 de abril de 2021),