Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062832)
Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Badajoz para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Destino Urbano: Badajoz 2021", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
65 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 193
48521
Jueves 6 de octubre de 2022
ANEXO VII
CONDICIONES ESPECÍFICAS A RESPETAR EN RELACIÓN CON EL PRINCIPIO
DE NO CAUSAR DAÑO SIGNIFICATIVO (DNSH)
Entre las obligaciones para cumplir con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, y su normativa de desarrollo, se encuentra la de respetar el llamado principio de
no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés
“Do No Signifcant Harm”).
Por ello, el beneficiario de la ayuda debe prever los mecanismos que aseguren el cumplimiento en todas las fases de la ejecución de las actuaciones de las condiciones específicas que se
enumeran a continuación asociadas a cada uno de los objetivos medioambientales recogidos
en el artículo 17 del Reglamento 2020/852:
Objetivo medioambiental
Condición específica
Mitigación del cambio climático
El beneficiario demuestra que realiza los mayores esfuerzos para implementar prácticas relevantes sobre
eficiencia energética en los equipos e instalaciones.
¿Se espera que la medida genere emisiones importantes de gases de efecto invernadero?
—L
os equipos que se utilicen cumplirán con los requisitos relacionados con el consumo energético establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125/EC.
—P
ara la instalación de las infraestructuras, se seguirá
la versión más reciente del Código de conducta europeo aplicable sobre eficiencia energética.
Adaptación al cambio climático
¿Se espera que la medida dé lugar a un
aumento de los efectos adversos de las
condiciones climáticas actuales y de las
previstas en el futuro, sobre sí misma o en
las personas, la naturaleza o los activos?
El uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos
¿Se espera que la medida sea perjudicial:
(i) del buen estado o al buen potencial
ecológico de las masas de agua, incluidas
las aguas superficiales y subterráneas; o
(ii) para el buen estado medioambiental de
las aguas marinas?
En el momento del diseño y la construcción o actualización de las infraestructuras pasivas, el beneficiario incorporará las soluciones de adaptación frente al riesgo
climático de ola de calor y las aplicará antes del inicio
de las operaciones.
En el proyecto no se incluirán actuaciones de infraestructuras que puedan alterar la hidrología.
48521
Jueves 6 de octubre de 2022
ANEXO VII
CONDICIONES ESPECÍFICAS A RESPETAR EN RELACIÓN CON EL PRINCIPIO
DE NO CAUSAR DAÑO SIGNIFICATIVO (DNSH)
Entre las obligaciones para cumplir con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, y su normativa de desarrollo, se encuentra la de respetar el llamado principio de
no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés
“Do No Signifcant Harm”).
Por ello, el beneficiario de la ayuda debe prever los mecanismos que aseguren el cumplimiento en todas las fases de la ejecución de las actuaciones de las condiciones específicas que se
enumeran a continuación asociadas a cada uno de los objetivos medioambientales recogidos
en el artículo 17 del Reglamento 2020/852:
Objetivo medioambiental
Condición específica
Mitigación del cambio climático
El beneficiario demuestra que realiza los mayores esfuerzos para implementar prácticas relevantes sobre
eficiencia energética en los equipos e instalaciones.
¿Se espera que la medida genere emisiones importantes de gases de efecto invernadero?
—L
os equipos que se utilicen cumplirán con los requisitos relacionados con el consumo energético establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125/EC.
—P
ara la instalación de las infraestructuras, se seguirá
la versión más reciente del Código de conducta europeo aplicable sobre eficiencia energética.
Adaptación al cambio climático
¿Se espera que la medida dé lugar a un
aumento de los efectos adversos de las
condiciones climáticas actuales y de las
previstas en el futuro, sobre sí misma o en
las personas, la naturaleza o los activos?
El uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos
¿Se espera que la medida sea perjudicial:
(i) del buen estado o al buen potencial
ecológico de las masas de agua, incluidas
las aguas superficiales y subterráneas; o
(ii) para el buen estado medioambiental de
las aguas marinas?
En el momento del diseño y la construcción o actualización de las infraestructuras pasivas, el beneficiario incorporará las soluciones de adaptación frente al riesgo
climático de ola de calor y las aplicará antes del inicio
de las operaciones.
En el proyecto no se incluirán actuaciones de infraestructuras que puedan alterar la hidrología.