Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062832)
Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Badajoz para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Destino Urbano: Badajoz 2021", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 193
Jueves 6 de octubre de 2022

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noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/
UE, de 26 de febrero de 2014; así como a la normativa en materia de ayudas de Estado, así
como a lo establecido en el Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre y en la Órdenes
HFP 1030/2021 y HFP 1031/2021, de 29 de septiembre.
2. En caso de que subcontrate parte o la totalidad de la actividad deberá, la entidad local,
asegurarse que los subcontratistas cumplan con el principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente”.
3. L
 as entidades subcontratadas deberán comprometerse a cumplir con los estándares más
exigentes en relación a las normas jurídicas, éticas y morales, adoptando, igualmente que
el ayuntamiento, las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y
los conflictos de intereses, así como a respetar los principios de economía circular y evitar
impactos negativos significativos en medio ambiente (“DNSH” por sus siglas en inglés “do
no significant harm”), en la ejecución de las actuaciones llevadas a cabo en el marco de este
PSTD, así como a no incurrir en doble financiación y que, en su caso, no le conste riesgo de
incompatibilidad con el régimen de ayudas del Estado. A estos efectos, el cumplimiento en
estos términos se acreditará mediante declaración de la subcontrata correspondiente.
4. E
 l Ayuntamiento de Badajoz deberá identificar los contratistas y subcontratistas, de manera que incluirán en los procedimientos de licitación lo siguientes extremos.
a) NIF del contratista o subcontratistas.
b) Nombre o razón social.
c) Domicilio fiscal del contratista y, en su caso, subcontratistas.
d) Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar
cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales.
e) Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión.
f) L
 os contratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o en el Censo equivalente