Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062832)
Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Badajoz para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Destino Urbano: Badajoz 2021", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 193
Jueves 6 de octubre de 2022
48476
coste de asistencias técnicas externas cuando sean contratadas directamente, como consultores, si están directamente relacionadas y son esenciales para el desarrollo de las
actuaciones, siempre que estén justificadas, y no implique una externalización de tareas
esenciales relacionadas con la consecución de los hitos y objetivos.
No tendrán la consideración de costes indirectos imputables los gastos de gestión correspondientes a gastos de constitución, funcionamiento o estructura permanente o habitual de
las entidades que se encarguen de la gestión de las actuaciones objeto de este convenio.
Las inversiones correspondientes a los tipos de actuaciones podrán ser financiables hasta
el 100 % de los costes objeto de financiación, considerando como tales los siguientes:
a) Las contrataciones externas de ingeniería, seguimiento y obra civil.
b) Los contratos de compra de equipos, incluyendo equipamiento tecnológico y equipos
informáticos, relacionados con las actuaciones financiables.
c) La adquisición de licencias de software de carácter especializado y destinado exclusivamente a la actuación y que posibilite la utilización adecuada del equipamiento
adquirido.
d) Las contrataciones externas de consultoría, que se lleven a cabo dentro de la actuación objeto del convenio como parte de la misma. Los estudios de viabilidad y de
ingeniería de detalle serán financiables siempre que sean necesarios para la realización de la actuación. De haberse realizado con anterioridad a la fecha de elegibilidad,
su coste no sería elegible.
e) L
as contrataciones externas para trabajos de asesoramiento legal, notaría, asesoramiento técnico o financiero contabilidad o auditoría, si están directamente ligados
al proyecto y son necesarios para su preparación o desarrollo, siempre y cuando
hubieran sido contemplados en el presupuesto.
Los gastos financiables deben referirse, exclusivamente, a aquellos en los que se incurra para
la realización de las actuaciones previstas y que deberán cumplir los siguientes requisitos:
— Estar directamente relacionados con la ejecución de las actuaciones previstas y aprobadas.
— Ser gastos razonables en su cuantía. En ningún caso, el coste de los gastos financiables podrá ser superior al valor de mercado.
Jueves 6 de octubre de 2022
48476
coste de asistencias técnicas externas cuando sean contratadas directamente, como consultores, si están directamente relacionadas y son esenciales para el desarrollo de las
actuaciones, siempre que estén justificadas, y no implique una externalización de tareas
esenciales relacionadas con la consecución de los hitos y objetivos.
No tendrán la consideración de costes indirectos imputables los gastos de gestión correspondientes a gastos de constitución, funcionamiento o estructura permanente o habitual de
las entidades que se encarguen de la gestión de las actuaciones objeto de este convenio.
Las inversiones correspondientes a los tipos de actuaciones podrán ser financiables hasta
el 100 % de los costes objeto de financiación, considerando como tales los siguientes:
a) Las contrataciones externas de ingeniería, seguimiento y obra civil.
b) Los contratos de compra de equipos, incluyendo equipamiento tecnológico y equipos
informáticos, relacionados con las actuaciones financiables.
c) La adquisición de licencias de software de carácter especializado y destinado exclusivamente a la actuación y que posibilite la utilización adecuada del equipamiento
adquirido.
d) Las contrataciones externas de consultoría, que se lleven a cabo dentro de la actuación objeto del convenio como parte de la misma. Los estudios de viabilidad y de
ingeniería de detalle serán financiables siempre que sean necesarios para la realización de la actuación. De haberse realizado con anterioridad a la fecha de elegibilidad,
su coste no sería elegible.
e) L
as contrataciones externas para trabajos de asesoramiento legal, notaría, asesoramiento técnico o financiero contabilidad o auditoría, si están directamente ligados
al proyecto y son necesarios para su preparación o desarrollo, siempre y cuando
hubieran sido contemplados en el presupuesto.
Los gastos financiables deben referirse, exclusivamente, a aquellos en los que se incurra para
la realización de las actuaciones previstas y que deberán cumplir los siguientes requisitos:
— Estar directamente relacionados con la ejecución de las actuaciones previstas y aprobadas.
— Ser gastos razonables en su cuantía. En ningún caso, el coste de los gastos financiables podrá ser superior al valor de mercado.