Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Empresa. Ayudas. (2022050172)
Orden de 30 de septiembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de actuaciones de promoción y dinamización del Emprendimiento y la Empresa en Extremadura.
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NÚMERO 193
Jueves 6 de octubre de 2022

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e. Actuación enmarcada dentro determinadas políticas estratégicas a nivel europeo: 15
puntos.
Si la actuación se enfoca o contempla contenidos relacionados con la digitalización, sostenibilidad o despoblamiento de zonas rurales.
Artículo 8. Procedimiento de concesión de ayudas.
El procedimiento de concesión de las subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia
competitiva, mediante convocatoria periódica, a través de la comparación de las solicitudes
presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios
de valoración fijados en las presentes bases reguladoras y en la convocatoria; y adjudicar, con
el límite fijado en la misma dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido una
mayor valoración en aplicación de los citados criterios.
No será necesario fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan
los requisitos establecidos, cuando el crédito consignado en la convocatoria fuese suficiente,
atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación.
Artículo 9. Procedimiento de convocatoria.
El inicio del procedimiento vendrá precedido de una resolución aprobada por el titular de la
Secretaría General de la Consejería con competencias en materia de empresa y publicada
junto con su extracto, en el Diario Oficial de Extremadura, en el Portal de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Portal Electrónico de la Transparencia y la
Participación Ciudadana, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo,
de Gobierno Abierto de Extremadura.
En cada resolución de convocatoria por ejercicio presupuestario se determinará las aplicaciones, proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para su
período de vigencia, las cuales podrán aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias.
Artículo 10. Solicitud y documentación a aportar.
La solicitud, que irá dirigida a la Dirección General con competencias en materia de Empresa,
se formalizará de acuerdo al modelo normalizado que se publique al efecto en las resoluciones de aprobación de las convocatorias y se cumplimentará obligatoriamente a través de la
sede electrónica https://sede.gobex.es, por la entidad solicitante o la persona representante
expresamente autorizada para intervenir en este acto.