Ayuntamiento De Berrocalejo. Planeamiento. (2022081567)
Anuncio de 27 de septiembre de 2022 sobre aprobación definitiva de la ordenación detallada de la modificación puntual n.º 1 del Plan General Municipal.
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NÚMERO 193
48639
Jueves 6 de octubre de 2022
AYUNTAMIENTO DE BERROCALEJO
ANUNCIO de 27 de septiembre de 2022 sobre aprobación definitiva de
la ordenación detallada de la modificación puntual n.º 1 del Plan General
Municipal. (2022081567)
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Berrocalejo en sesión celebrada con fecha 17 de
mayo de 2022, adoptó acuerdo de aprobación definitiva de la ordenación detallada de la
modificación puntual n.º 1-B del Plan General Municipal de Berrocalejo (Cáceres), cuyo objeto
es la adaptación del Plan General Municipal al régimen simplificado, de conformidad con
lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la Ley 10/2015, de modificación de la
LSOTEX, eliminando el Suelo Urbanizable por Suelo No Urbanizable de protección de ruedos
y modificando todas las unidades de suelo urbano no consolidado, redactada por el equipo de
planeamiento de la Oficina de Gestión Urbanística de la Mancomunidad Integral de Municipios
Campo Arañuelo, coordinado por el arquitecto D. Miguel Sanz Salazar.
Dicha ordenación detallada afecta a todo el suelo urbano no consolidado, a las alineaciones
de las calles las Hurdes y el Conejal, a las alineaciones de la carretera de Valdeverdeja y a las
de la calle Ermita.
Habiéndose procedido con fecha 4 de agosto de 2022 y con n.º CC/042/2022 al depósito de
la citada modificación puntual en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio
de Extremadura, dependiente de la Consejería Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio.
Contra este acuerdo, que tiene carácter normativo, no cabe recurso en vía administrativa
(artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas), y solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo
de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación (artículo 46 de Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa), sin perjuicio de la
interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente.
Berrocalejo, 27 de septiembre de 2022. El Alcalde, ÁNGEL PEDRO MARTÍNEZ CÁCERES.
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Jueves 6 de octubre de 2022
AYUNTAMIENTO DE BERROCALEJO
ANUNCIO de 27 de septiembre de 2022 sobre aprobación definitiva de
la ordenación detallada de la modificación puntual n.º 1 del Plan General
Municipal. (2022081567)
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Berrocalejo en sesión celebrada con fecha 17 de
mayo de 2022, adoptó acuerdo de aprobación definitiva de la ordenación detallada de la
modificación puntual n.º 1-B del Plan General Municipal de Berrocalejo (Cáceres), cuyo objeto
es la adaptación del Plan General Municipal al régimen simplificado, de conformidad con
lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la Ley 10/2015, de modificación de la
LSOTEX, eliminando el Suelo Urbanizable por Suelo No Urbanizable de protección de ruedos
y modificando todas las unidades de suelo urbano no consolidado, redactada por el equipo de
planeamiento de la Oficina de Gestión Urbanística de la Mancomunidad Integral de Municipios
Campo Arañuelo, coordinado por el arquitecto D. Miguel Sanz Salazar.
Dicha ordenación detallada afecta a todo el suelo urbano no consolidado, a las alineaciones
de las calles las Hurdes y el Conejal, a las alineaciones de la carretera de Valdeverdeja y a las
de la calle Ermita.
Habiéndose procedido con fecha 4 de agosto de 2022 y con n.º CC/042/2022 al depósito de
la citada modificación puntual en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio
de Extremadura, dependiente de la Consejería Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio.
Contra este acuerdo, que tiene carácter normativo, no cabe recurso en vía administrativa
(artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas), y solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo
de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación (artículo 46 de Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa), sin perjuicio de la
interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente.
Berrocalejo, 27 de septiembre de 2022. El Alcalde, ÁNGEL PEDRO MARTÍNEZ CÁCERES.
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