Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Eléctrica. (2022062852)
Resolución de 27 de septiembre de 2022, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Eléctricas Pitarch Distribución, SLU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Reforma de línea aérea de media tensión para facilitar suministro eléctrico a la Dehesa Boyal de Navas del Madroño (Cáceres)". Expte.: AT-2300-1.
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NÚMERO 192
Miércoles 5 de octubre de 2022

48326

— Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones.
— Pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de
servicio público o de interés general.
— Como resultado de los trámites relativos a la evaluación de impacto ambiental, la
Dirección General de Sostenibilidad ha emitido Resolución con fecha 23 de marzo de
2022, por la que se formula valoración ambiental de la modificación del proyecto de
“Reforma de Línea Aérea de Media Tensión para facilitar suministro eléctrico a la Dehesa
Boyal de Navas del Madroño”.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Conforme a lo dispuesto en el apartado 1.37 del artículo 9 del Estatuto de Autonomía
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de
enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de producción,
almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su territorio,
correspondiéndole la función legislativa, la potestad reglamentaria y, en ejercicio de la
función ejecutiva, la adopción de cuantas medidas, decisiones y actos procedan. Esta función
ejecutiva es realizada por la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, según
lo dispuesto en el Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica
la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 233, de 3 de diciembre), correspondiendo
el ejercicio de dichas atribuciones a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, con
arreglo a las referencias competenciales y normativas recogidas en el Decreto 170/2019,
de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad (DOE n.º 214, de 6 de noviembre), modificado por el
Decreto 20/2021, de 31 de marzo (DOE n.º 64, de 7 de abril), siendo competencia de este
Servicio la resolución del procedimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto
221/2012, de 9 de noviembre.
Segundo. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, determina que la
construcción, puesta en funcionamiento, y modificación de las instalaciones de generación,
transporte y distribución de energía eléctrica están sometidas, con carácter previo, al régimen
de autorizaciones establecido en el artículo 53 de la ley indicada y en sus disposiciones de
desarrollo.
De conformidad con lo establecido en el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, una vez concluidos los trámites correspondientes, y analizadas las alegaciones
y manifestaciones que se hubieran recibido durante la instrucción del procedimiento, así