Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062831)
Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la construcción y puesta operativa de la plataforma web XPORTA II de Extremadura, para el ejercicio 2022.
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 192
Miércoles 5 de octubre de 2022
47853
recursos de Extremadura Avante provendrán, de entre otras fuentes de financiación, de las
transferencias de cualesquiera Administraciones Públicas e Instituciones, encontrándose, este
supuesto, fuera del ámbito de aplicación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tal y como se prevé en su artículo 3.
En virtud de lo anterior, la financiación de las actuaciones a llevar a cabo derivadas de la
construcción y ejecución de la web XPORTA II, se llevará a cabo través de la figura de las
transferencias específicas recogidas en la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, (DOE n.º 251, de
31 de diciembre), concretamente dispone el artículo 45.2: “Se consideran transferencias específicas a los efectos de lo previsto en esta Ley, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto de Gastos con cargo a los capítulos de gasto IV o VII,
destinadas a financiar la realización de actuaciones concretas, por las entidades del sector
público autonómico cuyo presupuesto se integre en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre
que no resulten de una convocatoria pública”.
Asimismo, el artículo 45.3 recoge que “Las transferencias específicas, que podrán tener carácter plurianual siempre que resulte necesario en virtud de la naturaleza del proyecto a realizar,
deberán formalizarse mediante convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria
a la que se encuentren adscritos los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones
concretas a desarrollar; la forma de pago que respetará lo indicado en el párrafo anterior; el
plazo; la forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste del proyecto,
del cumplimiento de su finalidad y las medidas que garanticen su trazabilidad; las acciones de
seguimiento y control de las actuaciones; y las consecuencias de su incumplimiento, entre las
que se incluirá, en todo caso, la devolución o compensación de las cantidades no justificadas”.
Por otra parte, según lo dispuesto en el artículo 43.3 de la ley de Presupuestos Generales de
la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, la celebración de los convenios a
que se refiere, el apartado 2, c) del artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, no necesitarán autorización previa del Consejo de Gobierno
cuando la cuantía que aporte la Junta de Extremadura no supere los 60.000 euros
En los Presupuestos de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de 2022 existen
los créditos necesarios y suficientes para financiar la iniciativa objeto del presente convenio,
dentro de la aplicación presupuestaria 140030000/G/341A/44303/CAG0000001/20220023
y denominación de proyecto de gasto EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A
PYMES, SLU WEB XPORTA II.
Por todo ello, ambas partes, acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las
siguientes
Miércoles 5 de octubre de 2022
47853
recursos de Extremadura Avante provendrán, de entre otras fuentes de financiación, de las
transferencias de cualesquiera Administraciones Públicas e Instituciones, encontrándose, este
supuesto, fuera del ámbito de aplicación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tal y como se prevé en su artículo 3.
En virtud de lo anterior, la financiación de las actuaciones a llevar a cabo derivadas de la
construcción y ejecución de la web XPORTA II, se llevará a cabo través de la figura de las
transferencias específicas recogidas en la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, (DOE n.º 251, de
31 de diciembre), concretamente dispone el artículo 45.2: “Se consideran transferencias específicas a los efectos de lo previsto en esta Ley, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto de Gastos con cargo a los capítulos de gasto IV o VII,
destinadas a financiar la realización de actuaciones concretas, por las entidades del sector
público autonómico cuyo presupuesto se integre en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre
que no resulten de una convocatoria pública”.
Asimismo, el artículo 45.3 recoge que “Las transferencias específicas, que podrán tener carácter plurianual siempre que resulte necesario en virtud de la naturaleza del proyecto a realizar,
deberán formalizarse mediante convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria
a la que se encuentren adscritos los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones
concretas a desarrollar; la forma de pago que respetará lo indicado en el párrafo anterior; el
plazo; la forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste del proyecto,
del cumplimiento de su finalidad y las medidas que garanticen su trazabilidad; las acciones de
seguimiento y control de las actuaciones; y las consecuencias de su incumplimiento, entre las
que se incluirá, en todo caso, la devolución o compensación de las cantidades no justificadas”.
Por otra parte, según lo dispuesto en el artículo 43.3 de la ley de Presupuestos Generales de
la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, la celebración de los convenios a
que se refiere, el apartado 2, c) del artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, no necesitarán autorización previa del Consejo de Gobierno
cuando la cuantía que aporte la Junta de Extremadura no supere los 60.000 euros
En los Presupuestos de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de 2022 existen
los créditos necesarios y suficientes para financiar la iniciativa objeto del presente convenio,
dentro de la aplicación presupuestaria 140030000/G/341A/44303/CAG0000001/20220023
y denominación de proyecto de gasto EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A
PYMES, SLU WEB XPORTA II.
Por todo ello, ambas partes, acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las
siguientes