Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062831)
Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la construcción y puesta operativa de la plataforma web XPORTA II de Extremadura, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 192
Miércoles 5 de octubre de 2022

47872

La memoria técnica y los certificados finales sobre la ejecución de la acción deberán presentarse antes del 28 de febrero de 2023.
2. FORMALIDADES QUE DEBE CUMPLIR LA DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA
2.1. Formas de pago:
Los pagos pueden ser acreditados mediante, al menos, una de las formas que se indican a
continuación:
• Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.
• Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del
documento de gasto.
• Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido
efectivamente pagada.
• Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario.
El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado
en el documento de gasto.
• Extracto bancario nominativo (telefónica, etc.) reflejando el importe del documento de gasto.
• Pago nominativo realizado por Internet donde se indique que el pago ha sido realizado,
sellado por la autoridad bancaria. El importe reflejado en el documento bancario deberá
coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.
• Para documentos de gasto con importe inferior a 600 €, y siempre que estén referidos a
la compra de pequeño material fungible, gastos de bolsillo, etc., recibí del proveedor en
el que se indique que dicho documento de gasto (factura, ticket, etc.) ha sido efectivamente pagado o bien, cualquier otro medio probatorio del pago.
En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de gasto (pago agrupado), se deberá remitir un desglose de los pagos
efectuados donde pueda identificarse el documento de gasto en cuestión. Dicho desglose
deberá estar sellado por el banco (la suma del desglose bancario deberá coincidir con el
importe reflejado en el pago agrupado).
2.2. Salarios y cargas sociales imputables.
Los gastos de salarios se realizarán de acuerdo con la normativa en materia de cotizaciones a la Seguridad Social, de conformidad con los grupos de cotización que correspondan
y de retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.