Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062844)
Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de industria de fabricación de film de plástico, promovido por Iberhipac, SA, en el término municipal de Saucedilla (Cáceres).
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NÚMERO 191

47804

Martes 4 de octubre de 2022

— Aguas pluviales. Procedentes de cubiertas. Serán conducidas hasta arqueta accesible
para toma de muestras y posteriormente vertidas al saneamiento municipal.
No se realizarán vertidos de aguas de proceso.
- d - Medidas de protección y control de la contaminación acústica
1. L
 as prescripciones de calidad acústica aplicables a la instalación industrial son las
establecidas en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla
la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica,
objetivos de calidad y emisiones acústicas y en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de
Reglamentación de Ruidos y Vibraciones.
2. La instalación funcionará en horario diurno y nocturno.
3. L
 as principales fuentes de emisión de ruidos del complejo industrial se indican en la siguiente
tabla. En la misma, también se muestran los niveles de emisión de ruidos previstos.
Fuente sonora

Nivel de emisión en dB(A)

Línea de extrusoras

85,30

Equipos exteriores de frío

74

4. N
 o se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externo sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de
Reglamentación de Ruidos y Vibraciones establecidos para zona industrial.
5. L
 a actividad desarrollada no superará los objetivos de calidad acústica ni los niveles de
ruido establecidos como valores límite en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre,
por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a
zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
- e - Medidas de prevención y minimización de la contaminación lumínica
Condiciones generales:
1. L
 a presente autorización se concede para la potencia lumínica instalada en la industria, la
cual se establece en el siguiente cuadro. Cualquier modificación de lo establecido en este
límite deberá ser autorizada previamente