Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062829)
Resolución de 20 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Plantación de almendros en riego por goteo sobre 106,8737 ha, en la finca Viñuelas", cuya promotora es Almendralia Ibérica, SLU, en el término municipal de Galisteo (Cáceres). Expte.: IA22/0400.
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NÚMERO 191
Martes 4 de octubre de 2022
47732
decapados, nivelaciones y compactaciones fuera de la zona de actuación.
12. E
l sistema de riego deberá ser implementado en el terreno de tal manera que los desagües y líneas de drenaje no viertan de manera directa en dirección a los cursos de
agua existentes en la zona de actuación, por lo que, en caso necesario, se deberán
rediseñar la dirección de las líneas de plantación teniendo en cuenta esta medida.
13. Se respetarán los drenajes naturales del terreno que atraviesan la zona de actuación.
14. N
o se ejecutarán nuevos caminos o viales en la zona de actuación, al no venir contemplados en la documentación aportada por la promotora.
15. U
n posible impacto sobre la hidrología puede proceder de la remoción de tierras
durante los trabajos y su posterior arrastre pluvial, provocando un incremento del
aporte de sólidos a los cauces, por lo que habrá que tomar las medidas necesarias
para evitarlo.
16. P
revio al comienzo de las obras se debe retirar el substrato edáfico (tierra vegetal),
para su posterior utilización en tareas de restauración y revegetación de aquellas
áreas alteradas. La tierra vegetal se almacenará formando caballones de 1,5 metros
de altura máxima. Se tomarán las medidas necesarias para mantener su potencial
edáfico hasta su utilización en las tareas de restauración posteriores.
17. Respecto a la balsa de regulación, deberán cumplirse las siguientes medidas:
17.1. E
l diseño perimetral deberá seguir líneas sinuosas y curvilíneas dentro de lo
posible, adaptándose a las formas del terreno, huyendo de las líneas rectas y
ángulos bruscos.
17.2. L a balsa proyectada deberá tener los taludes interiores con una pendiente igual
o inferior al 50 % (2H/1V), debiendo ser el material rugoso y antideslizante,
para evitar el ahogamiento de las especies de fauna que pudieran caer accidentalmente o hayan sido atraídas por el contenido para abrevar o alimentarse.
Para el cumplimiento de esta medida deberán rediseñarse los taludes de la
balsa de regulación proyectada, la cual se ha proyectado con unos taludes con
pendientes superiores a las indicadas.
17.3. E
n el caso de que la lámina de impermeabilización no sea rugosa ni antideslizante, se deberán instalar en los laterales del talud interior dispositivos de salida
Martes 4 de octubre de 2022
47732
decapados, nivelaciones y compactaciones fuera de la zona de actuación.
12. E
l sistema de riego deberá ser implementado en el terreno de tal manera que los desagües y líneas de drenaje no viertan de manera directa en dirección a los cursos de
agua existentes en la zona de actuación, por lo que, en caso necesario, se deberán
rediseñar la dirección de las líneas de plantación teniendo en cuenta esta medida.
13. Se respetarán los drenajes naturales del terreno que atraviesan la zona de actuación.
14. N
o se ejecutarán nuevos caminos o viales en la zona de actuación, al no venir contemplados en la documentación aportada por la promotora.
15. U
n posible impacto sobre la hidrología puede proceder de la remoción de tierras
durante los trabajos y su posterior arrastre pluvial, provocando un incremento del
aporte de sólidos a los cauces, por lo que habrá que tomar las medidas necesarias
para evitarlo.
16. P
revio al comienzo de las obras se debe retirar el substrato edáfico (tierra vegetal),
para su posterior utilización en tareas de restauración y revegetación de aquellas
áreas alteradas. La tierra vegetal se almacenará formando caballones de 1,5 metros
de altura máxima. Se tomarán las medidas necesarias para mantener su potencial
edáfico hasta su utilización en las tareas de restauración posteriores.
17. Respecto a la balsa de regulación, deberán cumplirse las siguientes medidas:
17.1. E
l diseño perimetral deberá seguir líneas sinuosas y curvilíneas dentro de lo
posible, adaptándose a las formas del terreno, huyendo de las líneas rectas y
ángulos bruscos.
17.2. L a balsa proyectada deberá tener los taludes interiores con una pendiente igual
o inferior al 50 % (2H/1V), debiendo ser el material rugoso y antideslizante,
para evitar el ahogamiento de las especies de fauna que pudieran caer accidentalmente o hayan sido atraídas por el contenido para abrevar o alimentarse.
Para el cumplimiento de esta medida deberán rediseñarse los taludes de la
balsa de regulación proyectada, la cual se ha proyectado con unos taludes con
pendientes superiores a las indicadas.
17.3. E
n el caso de que la lámina de impermeabilización no sea rugosa ni antideslizante, se deberán instalar en los laterales del talud interior dispositivos de salida