Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062818)
Resolución de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Plantación de almendros y mejora de regadío sobre una superficie de 363,5 ha", cuya promotora es NCF ESP PROPCO, SL, en los términos municipales de Holguera, Torrejoncillo y Riolobos (Cáceres). Expte.: IA22/0464.
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NÚMERO 190
Lunes 3 de octubre de 2022

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14. Los movimientos de tierra serán los mínimos imprescindibles. Éstos se limitarán a
la zona de obras, estando prohibida la realización de cualquier tipo de desbroces,
decapados, nivelaciones y compactaciones fuera de la zona de actuación.
15. El sistema de riego deberá ser implementado en el terreno de tal manera que los
desagües y líneas de drenaje no viertan de manera directa en dirección a los cursos
de agua existentes en la zona de actuación, por lo que, en caso necesario, se deberán
rediseñar la dirección de las líneas de plantación teniendo en cuenta esta medida.
16. Se respetarán los drenajes naturales del terreno que atraviesan la zona de actuación.
17. 
Los nuevos caminos a ejecutar deberán respetar las condiciones anteriormente
indicadas respecto a la vegetación de las lindes.
18. Un posible impacto sobre la hidrología puede proceder de la remoción de tierras durante
los trabajos y su posterior arrastre pluvial, provocando un incremento del aporte de
sólidos a los cauces, por lo que habrá que tomar las medidas necesarias para evitarlo.
19. Previo al comienzo de las obras se debe retirar el substrato edáfico (tierra vegetal),
para su posterior utilización en tareas de restauración y revegetación de aquellas áreas
alteradas. La tierra vegetal se almacenará formando caballones de 1,5 metros de
altura máxima. Se tomarán las medidas necesarias para mantener su potencial edáfico
hasta su utilización en las tareas de restauración posteriores.
20. Respecto a las balsas de regulación, deberán cumplirse las siguientes medidas:
20.1. 
El diseño perimetral deberá seguir líneas sinuosas y curvilíneas dentro de lo
posible, adaptándose a las formas del terreno, huyendo de las líneas rectas y
ángulos bruscos.


20.2. Las balsas proyectadas deberán tener los taludes interiores con una pendiente igual
o inferior al 50 % (2H/1V), debiendo ser el material rugoso y antideslizante, para
evitar el ahogamiento de las especies de fauna que pudieran caer accidentalmente
o hayan sido atraídas por el contenido para abrevar o alimentarse.



20.3. E
 n el caso de que el material con el que se construyan los taludes (no se contempla
la impermeabilización con láminas plásticas y/o geotextiles en el proyecto) no sea
rugoso ni antideslizante, se deberán instalar en los laterales del talud interior
dispositivos de salida para la fauna y personas que pudieran caer en su interior,
como entramado de cuerdas, tramos de cemento escalonado o rampa de suave
pendiente. Para la fauna menor, se deberán instalar tramos con malla cuadriculada