Ayuntamiento De Trujillo. Normas Subsidiarias. (2022081546)
Anuncio de 24 de septiembre de 2022 sobre publicación del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Trujillo por el que se aprueba de manera definitiva la modificación puntual de la ordenación detallada de las Normas Subsidiarias de Trujillo del Sector 10 S.A.U.
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NÚMERO 189
Viernes 30 de septiembre de 2022

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4.2.- TERMINOLOGIA.A los efectos de las presentes Ordenanzas, los conceptos que se utilizan tienen
los mismos significados que en las vigentes NNSS de Trujillo, complementados
con los que se relacionan a continuación :
- Retranqueo de fachada : Es el espacio comprendido entre el plano vertical de
la alineación oficial exterior y la fachada. Podrá referirse también a los restantes
linderos de la parcela (laterales o posterior)
- Coeficiente de edificabilidad volumétrica : Es el cociente entre el máximo
volumen construible sobre la rasante y la superficie total de la parcela o Sector,
expresado en m3/m2. Este Coeficiente de Edificabilidad Volumétrica será neto o
bruto, según se refiera a la superficie de la parcela o del sector (incluyendo en este
último caso viales, suelo dotacional, etc...).
4.3.- REGIMEN URBANISTICO DEL SUELO.4.3.1.- CONDICIONES DE USO.4.3.1.1.- USO ESPECIFICO.De los usos contemplados en los artículos 137 a 141 de la Normativa de las
vigentes NNSS de Trujillo, el Uso específico del Suelo incluido en el presente P.P.
será el INDUSTRIAL, definido en el artículo 139.
4.3.1.2.-USOS COMPATIBLES.- Residencial categoría 3 (art. 137 de las NNSS), restringido a los casos en que
sea necesario para el personal de guardería, vigilancia o conservación de las
instalaciones que se autoricen, con las siguientes limitaciones :
o Una vivienda por Industria (máximo)
o Superficie máxima de cada vivienda : 200 m2.
- Terciario (art. 140 de las NNSS): en las categorías 2 (oficinas de segunda
categoría), 4 (comercio de segunda categoría), 6 (Hotelero de segunda
categoría), 8 (Espectáculos de segunda categoría) y 10 (Salas de reunión,
recreo y turismo de segunda categoría).
- Equipamiento : todos (art. 141 de las NNSS).

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