Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062789)
Resolución de 20 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto de "Concesión de aguas subterráneas con destino a riego de 23,4 hectáreas y uso ganadero", en el término municipal de Hornachos, cuyo promotor es D. Francisco Javier Conde Cerrato. Expte.: IA20/1098.
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NÚMERO 188
Jueves 29 de septiembre de 2022

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Por último, el Organismo de cuenca indica que su Oficina de Planificación Hidrológica informó
que “la solicitud es compatible con el Plan Hidrológico de cuenca, siempre que se acredite la
disponibilidad de recursos indicada en el apartado d)”, en el que se indica que “El artículo 25.2
de las Disposiciones Normativas del Plan establece que, si se acreditase la disponibilidad de
recursos subterráneos adicionales a los contemplados en este Plan en zonas situadas fuera
de las masas de agua subterránea, se podrán otorgar en concesión contra este nuevo recurso
adicional disponible no cuantificado en el Plan”.
En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la resolución sobre la tramitación de la solicitud
de concesión indicada.
El Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales informa que la zona objeto
del proyecto no están afectada por incendio forestal según el registro de Áreas Incendiadas
de dicho Servicio, ni aparece ninguna coordenada de incendio en la base de datos de la
Estadística General de Incendios Forestales. Este Servicio informa también que las parcelas
del proyecto no se encuentran incluidas dentro de ninguna Zona de Alto Riesgo o de Protección
Preferente en materia de incendios forestales, si bien se localiza prácticamente en el límite
sur de la Zona de Alto Riesgo de Sierras Centrales de Badajoz, señalando que en caso de
verse afectadas por la actuación las redes de defensa diseñadas en dicha ZAR, se deberán
restituir a estado original.
También se indica en dicho informe que como se desconoce si la finca dispone de Plan de
prevención frente a incendios forestales, en el caso de disponer la finca de dicho Plan la
totalidad de las actuaciones deberán ser compatibles con el citado plan de prevención, así
como que debido a las condiciones del proyecto se vayan a producir modificaciones en el
modelo de combustible, se debería solicitar la modificación de dicho Plan. También indica que
caso de no disponer de Plan y ser obligatorio, la propiedad deberá tramitarlo conforme a la
normativa vigente, pudiendo consultarlo en la web: https://www.infoex.info/.
Igualmente se señala en este informe que deberán cumplirse las medidas de autoprotección
en lugares vulnerables.
Por último, el informe señala que deberán cumplirse la totalidad de la normativa, tanto la
referida a la prevención Plan PREIFEX, como la referida a la lucha y extinción de incendios
forestales en la Comunidad autónoma de Extremadura. Igualmente, deberán cumplirse
aquellas medidas establecidas en la orden anual correspondiente de declaración de época
de peligro (bajo, medio, alto), durante la fase de ejecución y de explotación del proyecto, en
función de la maquinaria y herramientas empleadas, así como de los restos generados.
El Servicio de Ordenación del Territorio emite informe en el que señalan que no se detecta
afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva