Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Frutas Y Hortalizas. Ayudas. (2022062816)
Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de ayudas estatales destinadas a las organizaciones de productores de frutas y hortalizas que sean titulares de centrales de acondicionamiento que hayan sufrido pérdidas como consecuencia de las heladas asociadas a la borrasca Ciril en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 187
Miércoles 28 de septiembre de 2022
46713
Definición “empresa en crisis” (según lo establecido en el artículo 2.18 del Reglamento
(UE) Nº 651/2014): una empresa en la que concurra al menos una de las siguientes
circunstancias:
a) Si se trata de una sociedad de responsabilidad limitada (distinta de una PYME con menos de
tres años de antigüedad o, a efectos de los criterios para poder optar a las ayudas a la
financiación de riesgo, una PYME en el plazo de siete años desde su primera venta comercial,
que cumpla las condiciones para recibir inversiones de financiación de riesgo tras las
comprobaciones de diligencia debida por parte del intermediario financiero seleccionado),
cuando haya desaparecido más de la mitad de su capital social suscrito como consecuencia de
las pérdidas acumuladas; es lo que sucede cuando la deducción de las pérdidas acumuladas de
las reservas (y de todos los demás elementos que se suelen considerar fondos propios de la
sociedad) conduce a un resultado negativo superior a la mitad del capital social suscrito; a
efectos de la presente disposición, «sociedad de responsabilidad limitada» se refiere, en
particular, a los tipos de sociedades mencionados en el anexo I de la Directiva 2013/34/UE ( 6
) y «capital social» incluye, cuando proceda, toda prima de emisión;
b) si se trata de una sociedad en la que al menos algunos socios tienen una responsabilidad
ilimitada sobre la deuda de la sociedad (distinta de una PYME con menos de tres años de
antigüedad o, a efectos de los criterios para poder optar a las ayudas a la financiación de riesgo,
una PYME en el plazo de siete años desde su primera venta comercial, que cumpla las
condiciones para recibir inversiones de financiación de riesgo tras las comprobaciones de
diligencia debida por parte del intermediario financiero seleccionado), cuando haya
desaparecido por las pérdidas acumuladas más de la mitad de sus fondos propios que figuran
en su contabilidad; a efectos de la presente disposición, «sociedad en la que al menos algunos
socios tienen una responsabilidad ilimitada sobre la deuda de la sociedad» se refiere, en
particular, a los tipos de sociedades mencionados en el anexo II de la Directiva 2013/34/UE;
c) cuando la empresa se encuentre inmersa en un procedimiento de quiebra o insolvencia o reúna
los criterios establecidos en su Derecho nacional para ser sometida a un procedimiento de
quiebra o insolvencia a petición de sus acreedores;
d) cuando la empresa haya recibido ayuda de salvamento y todavía no haya reembolsado el
préstamo o puesto fin a la garantía, o haya recibido ayuda de reestructuración y esté todavía
sujeta a un plan de reestructuración;
e) si se trata de una empresa distinta de una PYME, cuando durante los dos ejercicios anteriores:
•
•
la ratio deuda/capital de la empresa haya sido superior a 7,5, y
la ratio de cobertura de intereses de la empresa, calculada sobre la base del EBITDA,
se haya situado por debajo de 1,0;
Miércoles 28 de septiembre de 2022
46713
Definición “empresa en crisis” (según lo establecido en el artículo 2.18 del Reglamento
(UE) Nº 651/2014): una empresa en la que concurra al menos una de las siguientes
circunstancias:
a) Si se trata de una sociedad de responsabilidad limitada (distinta de una PYME con menos de
tres años de antigüedad o, a efectos de los criterios para poder optar a las ayudas a la
financiación de riesgo, una PYME en el plazo de siete años desde su primera venta comercial,
que cumpla las condiciones para recibir inversiones de financiación de riesgo tras las
comprobaciones de diligencia debida por parte del intermediario financiero seleccionado),
cuando haya desaparecido más de la mitad de su capital social suscrito como consecuencia de
las pérdidas acumuladas; es lo que sucede cuando la deducción de las pérdidas acumuladas de
las reservas (y de todos los demás elementos que se suelen considerar fondos propios de la
sociedad) conduce a un resultado negativo superior a la mitad del capital social suscrito; a
efectos de la presente disposición, «sociedad de responsabilidad limitada» se refiere, en
particular, a los tipos de sociedades mencionados en el anexo I de la Directiva 2013/34/UE ( 6
) y «capital social» incluye, cuando proceda, toda prima de emisión;
b) si se trata de una sociedad en la que al menos algunos socios tienen una responsabilidad
ilimitada sobre la deuda de la sociedad (distinta de una PYME con menos de tres años de
antigüedad o, a efectos de los criterios para poder optar a las ayudas a la financiación de riesgo,
una PYME en el plazo de siete años desde su primera venta comercial, que cumpla las
condiciones para recibir inversiones de financiación de riesgo tras las comprobaciones de
diligencia debida por parte del intermediario financiero seleccionado), cuando haya
desaparecido por las pérdidas acumuladas más de la mitad de sus fondos propios que figuran
en su contabilidad; a efectos de la presente disposición, «sociedad en la que al menos algunos
socios tienen una responsabilidad ilimitada sobre la deuda de la sociedad» se refiere, en
particular, a los tipos de sociedades mencionados en el anexo II de la Directiva 2013/34/UE;
c) cuando la empresa se encuentre inmersa en un procedimiento de quiebra o insolvencia o reúna
los criterios establecidos en su Derecho nacional para ser sometida a un procedimiento de
quiebra o insolvencia a petición de sus acreedores;
d) cuando la empresa haya recibido ayuda de salvamento y todavía no haya reembolsado el
préstamo o puesto fin a la garantía, o haya recibido ayuda de reestructuración y esté todavía
sujeta a un plan de reestructuración;
e) si se trata de una empresa distinta de una PYME, cuando durante los dos ejercicios anteriores:
•
•
la ratio deuda/capital de la empresa haya sido superior a 7,5, y
la ratio de cobertura de intereses de la empresa, calculada sobre la base del EBITDA,
se haya situado por debajo de 1,0;