Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062786)
Resolución de 20 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación porcina en régimen extensivo, solicitada por Gonzalo Llorente Llanos, en el término municipal de La Parra.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 187
Miércoles 28 de septiembre de 2022

46768

Sexto. La Dirección General de Sostenibilidad emitió Resolución desfavorable de 5 de noviembre de 2021, por informe del técnico municipal del Ayuntamiento de La Parra con pronunciamiento desfavorable. Tras la presentación de recurso de alzada interpuesto por Gonzalo
Llorente Llanos, la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad resolvió estimar
dicho recurso de alzada contra la Resolución de 5 de noviembre de 2021, dictada por la Dirección General de Sostenibilidad y dejar sin efecto la Resolución de 5 de noviembre de 2021,
ordenándose la retroacción del procedimiento de autorización ambiental unificada al momento anterior a su dictado, debiendo continuar su tramitación hasta el dictado de la Resolución
que en derecho procediera.
Séptimo. Para dar cumplimiento al apartado 8 del artículo 16, de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección
General de Sostenibilidad se dirigió mediante escritos de fecha 17 de agosto de 2022 a
Gonzalo Llorente Llanos, al Ayuntamiento de La Parra y a las organizaciones no gubernamentales cuyo objeto sea la defensa de la naturaleza y el desarrollo sostenible con objeto
de proceder al trámite de audiencia a los interesados, sin que hasta la fecha se haya recibido respuesta.
Octavo. La explotación porcina régimen extensivo cuenta con Informe de impacto ambiental
de fecha 25 de mayo de 2022 (IA 20/1547), que se incluye íntegramente en el anexo III de
la presente resolución.
Noveno. A los anteriores antecedentes de hecho, le son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es Órgano competente para el dictado de la resolución que ponga fin al procedimiento de autorización ambiental unificada la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad en virtud de lo dispuesto en el artículo
15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y en el artículo 4.1.e) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad,
modificado por el Decreto 20/2021 de 31 de marzo.
Segundo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de
junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en la categoría 1.2. del anexo II, relativa a “Instalaciones ganaderas, no incluidas en
el anexo I, destinadas a la cría de ganado porcino, incluyendo jabalíes, que dispongan de más
de 350 emplazamientos o animales autorizados para cerdos de cría y/o 50 emplazamientos o
animales para cerdas reproductoras”.