Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062790)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de explotación porcina en régimen extensivo, cuya promotora es Agrupación Coto Vera, SL, en el término municipal de Mérida.
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NÚMERO 187
Miércoles 28 de septiembre de 2022
46754
— Los residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse y almacenarse conforme a lo establecido en la normativa vigente y normas técnicas de aplicación. El tiempo máximo para el almacenamiento de residuos peligrosos
no superará los seis meses.
— La eliminación de los cadáveres se efectuará conforme a las disposiciones del Reglamento (CE) n.º 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre
de 2009 por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos
animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y por el Reglamento (UE) n.º 142/2011, de la Comisión de 25 de febrero de 2011. Se observará
que el almacenamiento de los cadáveres se realice en condiciones óptimas y fuera
del recinto de la instalación.
— Las naves de la explotación tienen anexos dos cercas de aclimatación, donde ingresarán 278 lechones en el momento en el que lleguen a la explotación con la finalidad
de prepararlos y adaptarlos para posteriormente soltarlos a las diferentes cercas
adehesadas con las que cuenta la finca. El manejo a ejercer en estas cercas de aclimatación será el de ingresar los 278 lechones en una de las cercas durante los 3 o
4 primeros meses de estancia en la explotación dejando en descanso y recuperación
la otra cerca el mismo periodo, el siguiente lote a ingresar de lechones se realizará
de forma inversa, es decir, los animales ocuparán la cerca desocupada inicialmente
dejando por tanto la cerca que había sido ocupada por el primer lote sin animales
durante el siguiente periodo.
Estas cercas disponen de una superficie de unos 36.000 m2 de superficie cada uno de
ellos con balsa de retención de purines y pluviales de capacidad suficiente. El manejo
de los animales en las cercas de aclimatación deberá cumplir los siguientes requisitos:
• El arbolado que se encuentre en los cercas de aclimatación se protegerá de la incidencia
directa por parte de los animales, protegiendo tanto el tronco como las raíces
con piedra y mallazo.
• Con el fin de mejorar la posible erosión y degradación del suelo, se procederá a la
siembra de pradera y leguminosa en los periodos de descanso de las cercas.
• En los periodos de mayor pluviometría para evitar el arrastre de las deyecciones por
el agua y la erosión de las cercas, se recluirán los animales en las naves de secuestro.
En todo caso, si como consecuencia del manejo de la explotación se produjese la degradación física del suelo, la pérdida de vegetación o la contaminación por nitratos de las aguas
será responsabilidad del propietario, el cual deberá adoptar las medidas correspondientes
para la recuperación del medio.
Miércoles 28 de septiembre de 2022
46754
— Los residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse y almacenarse conforme a lo establecido en la normativa vigente y normas técnicas de aplicación. El tiempo máximo para el almacenamiento de residuos peligrosos
no superará los seis meses.
— La eliminación de los cadáveres se efectuará conforme a las disposiciones del Reglamento (CE) n.º 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre
de 2009 por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos
animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y por el Reglamento (UE) n.º 142/2011, de la Comisión de 25 de febrero de 2011. Se observará
que el almacenamiento de los cadáveres se realice en condiciones óptimas y fuera
del recinto de la instalación.
— Las naves de la explotación tienen anexos dos cercas de aclimatación, donde ingresarán 278 lechones en el momento en el que lleguen a la explotación con la finalidad
de prepararlos y adaptarlos para posteriormente soltarlos a las diferentes cercas
adehesadas con las que cuenta la finca. El manejo a ejercer en estas cercas de aclimatación será el de ingresar los 278 lechones en una de las cercas durante los 3 o
4 primeros meses de estancia en la explotación dejando en descanso y recuperación
la otra cerca el mismo periodo, el siguiente lote a ingresar de lechones se realizará
de forma inversa, es decir, los animales ocuparán la cerca desocupada inicialmente
dejando por tanto la cerca que había sido ocupada por el primer lote sin animales
durante el siguiente periodo.
Estas cercas disponen de una superficie de unos 36.000 m2 de superficie cada uno de
ellos con balsa de retención de purines y pluviales de capacidad suficiente. El manejo
de los animales en las cercas de aclimatación deberá cumplir los siguientes requisitos:
• El arbolado que se encuentre en los cercas de aclimatación se protegerá de la incidencia
directa por parte de los animales, protegiendo tanto el tronco como las raíces
con piedra y mallazo.
• Con el fin de mejorar la posible erosión y degradación del suelo, se procederá a la
siembra de pradera y leguminosa en los periodos de descanso de las cercas.
• En los periodos de mayor pluviometría para evitar el arrastre de las deyecciones por
el agua y la erosión de las cercas, se recluirán los animales en las naves de secuestro.
En todo caso, si como consecuencia del manejo de la explotación se produjese la degradación física del suelo, la pérdida de vegetación o la contaminación por nitratos de las aguas
será responsabilidad del propietario, el cual deberá adoptar las medidas correspondientes
para la recuperación del medio.