Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Subvenciones. (2022081535)
Corrección de errores del Anuncio de 15 de septiembre de 2022 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo de la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) en Extremadura.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 187
Miércoles 28 de septiembre de 2022

46814

ANUNCIO de 15 de septiembre de 2022 por el que se da publicidad a las
ayudas concedidas al amparo de la Resolución de 30 de diciembre de 2020, de
la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones
destinadas al fomento de movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES
II) en Extremadura.
Mediante el Real Decreto 569/2020, de 16 de junio, se establecieron las bases reguladoras del
programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II).
El 14 de enero de 2021 se publicó, en el Diario Oficial de Extremadura, la Resolución de 30
de diciembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de
subvenciones destinadas al fomento de movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II)
en Extremadura.
El resuelve vigésimo de la citada resolución, establece que las subvenciones concedidas serán
publicadas en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el Portal
Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto en Extremadura.
El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura prevé la publicación en el Diario Oficial correspondiente de las subvenciones
concedidas con la expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se
imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención cuando
los importes de las mismas, individualmente consideradas, sean de cuantía superior a 3.000
euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas a los beneficiarios para el desarrollo de los proyectos de inversión considerados como incentivables:
Anexo I: Subvenciones concedidas para la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
El pago de estas ayudas se imputará con cargo a las aplicaciones presupuestarias:
1800200/G/333A/760.00 (tabla 1) y 1800200/G/333A/770.00 (tabla 2) del proyecto de gasto 20200335 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
los años 2022 y 2023.