Servicio Extremeño De Salud. Libre Designación. (2022062770)
Resolución de 29 de agosto de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca procedimiento para la provisión del puesto de Subdirector/a de Salud Mental y Programas Asistenciales del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 186
Martes 27 de septiembre de 2022
II
46499
AUTORIDADES Y PERSONAL
2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 29 de agosto de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que
se convoca procedimiento para la provisión del puesto de Subdirector/a de
Salud Mental y Programas Asistenciales del Servicio Extremeño de Salud.
(2022062770)
Corresponde al Servicio Extremeño de Salud efectuar la convocatoria pública del proceso de
provisión de puestos directivos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.2 del Real
Decreto Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de
plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social (BOE n.º 8, de 9/01/1999), vigente con rango reglamentario en virtud de la disposición transitoria sexta, letra c) de la Ley
55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de
salud (BOE n.º 301, de 17/12/ 2003).
El capítulo II del título II de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, referido al personal directivo profesional, determina en sus artículos 20 y siguientes
que es personal directivo profesional el que, ocupando puestos de carácter directivo en las
Administraciones Públicas de Extremadura, desempeña funciones directivas profesionales retribuidas de carácter ejecutivo, de conformidad con lo establecido en la Ley 1/2014, de 18 de
febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. En este sentido el artículo 3.g) de la Ley 1/2014
indica que es personal directivo el que en virtud de nombramiento o sometido a la relación
laboral especial de alta dirección desempeña funciones directivas profesionales retribuidas
de carácter ejecutivo en cualquiera de las entidades previstas en el artículo 2, apartado 1,
de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, y no tenga la
consideración de alto cargo.
Igualmente se determina en el artículo 22.2 de la citada Ley 13/2015, que la designación del
personal directivo profesional atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia.
El artículo 29.3 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud establece que en cada servicio de salud se determinarán los
Martes 27 de septiembre de 2022
II
46499
AUTORIDADES Y PERSONAL
2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 29 de agosto de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que
se convoca procedimiento para la provisión del puesto de Subdirector/a de
Salud Mental y Programas Asistenciales del Servicio Extremeño de Salud.
(2022062770)
Corresponde al Servicio Extremeño de Salud efectuar la convocatoria pública del proceso de
provisión de puestos directivos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.2 del Real
Decreto Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de
plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social (BOE n.º 8, de 9/01/1999), vigente con rango reglamentario en virtud de la disposición transitoria sexta, letra c) de la Ley
55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de
salud (BOE n.º 301, de 17/12/ 2003).
El capítulo II del título II de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, referido al personal directivo profesional, determina en sus artículos 20 y siguientes
que es personal directivo profesional el que, ocupando puestos de carácter directivo en las
Administraciones Públicas de Extremadura, desempeña funciones directivas profesionales retribuidas de carácter ejecutivo, de conformidad con lo establecido en la Ley 1/2014, de 18 de
febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. En este sentido el artículo 3.g) de la Ley 1/2014
indica que es personal directivo el que en virtud de nombramiento o sometido a la relación
laboral especial de alta dirección desempeña funciones directivas profesionales retribuidas
de carácter ejecutivo en cualquiera de las entidades previstas en el artículo 2, apartado 1,
de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, y no tenga la
consideración de alto cargo.
Igualmente se determina en el artículo 22.2 de la citada Ley 13/2015, que la designación del
personal directivo profesional atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia.
El artículo 29.3 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud establece que en cada servicio de salud se determinarán los