Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062784)
Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública y la Universidad de Extremadura, para la medición de Radón en centros de trabajo del ámbito preventivo de Administración General de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 186
Martes 27 de septiembre de 2022

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Duodécima. Extinción del convenio.
Serán causas de extinción del presente convenio:
• El vencimiento del período de eficacia.
• El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
• La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
• La denuncia del convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la otra.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, con las especificaciones del artículo 51.2 c) de la LRJSP, dará lugar a responsabilidad
de la parte infractora. Además, la UEX deberá reintegrar los fondos percibidos en el supuesto
de incumplimiento de las obligaciones asumidas.
En caso de incumplimiento de sus obligaciones por parte de la Junta de Extremadura, deberá
abonar la parte de los trabajos ya realizados, cuya cuantificación será acordada en el seno de
la Comisión de Coordinación, Seguimiento y Evaluación constituida.
Decimotercera. Régimen jurídico y Jurisdicción competente.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, estando sujeto a lo dispuesto en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, la jurisdicción competente para conocer todas las cuestiones surgidas acerca de la interpretación, modificación, resolución y efectos de este, sin perjuicio de
las facultades atribuidas a la Comisión de Coordinación, Seguimiento y Evaluación prevista en
la cláusula séptima.
Decimocuarta. Protección de datos.
Será obligación de las partes adoptar aquellas medidas destinadas a garantizar el respeto y la
confidencialidad de los datos a los que se tenga acceso como consecuencia del desarrollo del
objeto de este convenio, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás
normativa que resultare de aplicación.
Decimoquinta. Publicaciones.
Las partes podrán publicar o permitir que se publiquen datos, en cualquier soporte, sobre los
resultados del proyecto, siempre y cuando ello no afecte a la protección de dichos resultados.