Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062774)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el centro de clasificación, tipificación, homogeneización y engorde de corderos, promovida por Sociedad Cooperativa Ganadera Sierra de San Pedro, en el término municipal de Alburquerque (Badajoz).
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NÚMERO 186
Martes 27 de septiembre de 2022

46602

— Confederación Hidrográfica del Guadiana.
— Ayuntamiento de Alburquerque.
— Servicio de Infraestructuras Rurales. Secretaría General de Población y Desarrollo Rural.
— Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio.
— Demarcación de Carreteras del Estado.
Con fecha 7 de septiembre de 2021 el Técnico Municipal del Ayuntamiento de Alburquerque
informa que “Teniendo en cuenta, la declaración de utilidad pública e interés social concedida
mediante Decreto de la Alcaldía n.º 2021/284 de fecha 3 de septiembre de 2021, se informa
favorablemente su actuación ya que cumpliría lo establecido en las NNSS de Alburquerque en
vigor, en cuanto a superficie de parcela, separación a linderos, ocupación de las edificaciones
y las alturas de las edificaciones al tratarse de una edificación vinculada a la utilidad pública”.
Con fecha 13 de marzo de 2021 la Dirección General de Urbanismo informa que en relación
con la consulta de referencia se informa que, a efectos de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no se detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni
Proyecto de Interés Regional con aprobación definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del
Suelo y Ordenación del Territorial de Extremadura, con modificaciones posteriores). Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan
Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de
Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de Interés Regional) de la Ley
11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.3 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la presente declaración de impacto ambiental produce en sus propios términos los efectos de la calificación rústica prevista en la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación
territorial y urbanística sostenible de Extremadura, acreditando la idoneidad urbanística de
los bienes inmuebles sobre los que pretende implantarse la instalación, sin perjuicio de que
el titular de la misma deba dar debido cumplimiento al conjunto de obligaciones y deberes
impuestos por las Administraciones Públicas titulares de competencias afectadas, vinculados
a la presente calificación rústica.
No obstante, la presente declaración de impacto ambiental dejará de producir los efectos propios de la calificación rústica si, transcurridos dos años desde la fecha de su notificación, no
se hubieren iniciado las obras para las que se hubiera concedido la calificación rústica (artículo