Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062774)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el centro de clasificación, tipificación, homogeneización y engorde de corderos, promovida por Sociedad Cooperativa Ganadera Sierra de San Pedro, en el término municipal de Alburquerque (Badajoz).
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NÚMERO 186
Martes 27 de septiembre de 2022

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recogida por gestor autorizado. Para el control de la gestión de estos residuos agroganaderos, la instalación deberá disponer de un Libro de Registro de Gestión y de un Plan de Aplicación Agrícola de los estiércoles, conforme a lo establecido en el apartado – h – “Vigilancia
y seguimiento” de esta resolución, de forma que todas las deyecciones generadas sean
gestionadas adecuadamente, conforme al Plan de Aplicación Agrícola elaborado, y dejando
constancia de esta gestión en el Libro de Registro de Gestión de Estiércoles.
La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del complejo se estima en
646,4 m3/año de estiércol, que suponen unos 10.277,76 kg de nitrógeno /año. Todas las
deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, conforme al Plan de Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro de
Gestión de Estiércoles.
2. El centro deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento de los estiércoles, lixiviados y aguas de limpieza, generados en las naves de cebo, que evite el riesgo de
filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, con tamaño adecuado,
que permita llevar a cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos efectos, el centro
dispondrá una capacidad mínima de retención y almacenamiento de 10 m3.
3. El diseño y la construcción de la fosa deberá adaptarse a las prescripciones que para este
tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a esto,
se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
— La ubicación de las fosas deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún
curso o punto de agua; y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y
carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo que se eviten
molestias por malos olores a las poblaciones más cercanas.
— Cumplirá con las siguientes características constructivas:


• Se ejecutará en hormigón armado.



• Impermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de infiltraciones.



• Cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.



• Talud perimetral que evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía.



• Cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas y animales.

La frecuencia de vaciado deberá coincidir como mínimo con los periodos de vacío sanitario
y limpieza de las instalaciones y siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad.