Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062769)
Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación porcina, promovida por Murillo Márquez, SL, en el término municipal de Alconera (Badajoz).
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NÚMERO 186
Martes 27 de septiembre de 2022

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fosas. El objetivo de la restauración será que los terrenos recuperen su aptitud agrícola
original, demoliendo adecuadamente las instalaciones, y retirando los residuos a gestor
autorizado.
2. S
 i una vez finalizada la actividad se pretendiera adaptar las instalaciones para otro uso distinto, éstas deberán adecuarse al nuevo uso. Dicha modificación deberá contar con todos
los informes y autorizaciones exigibles en su caso.
• Programa de vigilancia ambiental
1. El promotor deberá disponer de un programa de vigilancia ambiental que deberá contener,
al menos, un informe anual sobre el seguimiento de las medidas incluidas en el informe de
impacto ambiental.
2. En base al resultado de estos informes se podrán exigir medidas correctoras suplementarias para corregir las posibles deficiencias detectadas, así como otros aspectos relacionados
con el seguimiento ambiental no recogidos inicialmente.
• Condiciones complementarias
1. Deberán cumplirse todas las medidas preventivas y correctoras descritas en el documento
ambiental, en tanto no entren en contradicción con el condicionado del presente informe.
2. Para las actuaciones en zona de policía, para las captaciones de agua y/o para el vertido
de aguas residuales deberá contar con la correspondiente autorización administrativa de la
Confederación Hidrográfica correspondiente conforme a las disposiciones vigentes.
3. Para la corta y/o poda de arbolado, deberá comunicarse y/o recabar autorización, en caso
necesario, al Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Política
Forestal conforme a la normativa vigente.
4. Para el cerramiento, se atenderá a lo dispuesto en el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre
por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los
cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la comunidad autónoma de Extremadura.
5. Se informará del contenido de esta autorización a los operarios que realicen las actividades,
así mismo, se dispondrá de una copia del presente informe.
6. Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la Normativa Urbanística y en la autorización ambiental unificada, correspondiendo al Ayuntamiento de
Alconera y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias en estas materias.