Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Enseñanza Universitaria. Becas. (2022062740)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Política Universitaria, por la que se resuelve la convocatoria de becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias para la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2021/2022.
61 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 184
Viernes 23 de septiembre de 2022
46102
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Política
Universitaria, por la que se resuelve la convocatoria de becas complementarias
para estudios de enseñanzas universitarias para la ciudadanía de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, para el curso 2021/2022. (2022062740)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. La Orden de 15 de junio de 2021 (DOE núm. 117, de 21 de junio) establece las
bases reguladoras de becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias para
la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Mediante Resolución de 1 de abril de 2022 (DOE núm. 75, de 20 de abril) se aprueba la convocatoria de becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias para
la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2021/2022.
Tercero. El día 17 de agosto de 2022, se reúne la Comisión de Valoración, contemplada en el
artículo 10 de la Orden reguladora y en el apartado décimo de la Resolución de convocatoria,
emitiendo el correspondiente informe vinculante en relación con las solicitudes presentadas y
el resultado de la evaluación realizada.
Cuarto. Con fecha 17 de agosto de 2022, se emite la propuesta de resolución del Servicio de
Universidad e Investigación para la concesión y denegación de las becas.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La competencia para dictar la presente resolución corresponde al Secretario General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, habiéndose delegado esta competencia en el Director General de Política
Universitaria mediante Resolución de 21 de agosto de 2019, de la Secretaría General, por la
que se delegan competencias en materias de subvenciones (DOE núm. 163, de 23 de agosto).
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden reguladora de 15 de junio,
el procedimiento de concesión de estas ayudas se efectúa en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, mediante la comprobación de las solicitudes presentadas y
siguiendo los criterios de valoración del artículo 12 de la citada orden.
Tercero. Las obligaciones de los beneficiarios de estas ayudas, según lo establecido en el artículo 14 de la citada orden, son, además de las derivadas del artículo 13.1 de la Ley 6/2011,
Viernes 23 de septiembre de 2022
46102
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Política
Universitaria, por la que se resuelve la convocatoria de becas complementarias
para estudios de enseñanzas universitarias para la ciudadanía de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, para el curso 2021/2022. (2022062740)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. La Orden de 15 de junio de 2021 (DOE núm. 117, de 21 de junio) establece las
bases reguladoras de becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias para
la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Mediante Resolución de 1 de abril de 2022 (DOE núm. 75, de 20 de abril) se aprueba la convocatoria de becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias para
la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2021/2022.
Tercero. El día 17 de agosto de 2022, se reúne la Comisión de Valoración, contemplada en el
artículo 10 de la Orden reguladora y en el apartado décimo de la Resolución de convocatoria,
emitiendo el correspondiente informe vinculante en relación con las solicitudes presentadas y
el resultado de la evaluación realizada.
Cuarto. Con fecha 17 de agosto de 2022, se emite la propuesta de resolución del Servicio de
Universidad e Investigación para la concesión y denegación de las becas.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La competencia para dictar la presente resolución corresponde al Secretario General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, habiéndose delegado esta competencia en el Director General de Política
Universitaria mediante Resolución de 21 de agosto de 2019, de la Secretaría General, por la
que se delegan competencias en materias de subvenciones (DOE núm. 163, de 23 de agosto).
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden reguladora de 15 de junio,
el procedimiento de concesión de estas ayudas se efectúa en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, mediante la comprobación de las solicitudes presentadas y
siguiendo los criterios de valoración del artículo 12 de la citada orden.
Tercero. Las obligaciones de los beneficiarios de estas ayudas, según lo establecido en el artículo 14 de la citada orden, son, además de las derivadas del artículo 13.1 de la Ley 6/2011,