Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2022AC0071)
Acuerdo de 28 de julio de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de modificación puntual n.º 2 del Plan General Municipal de Almaraz (M-002), consistente en la reclasificación de suelo no urbanizable de protección estructural zona regable Valdecañas y la recalificación de suelo urbanizable de uso residencial a suelo urbanizable de uso industrial, de terrenos colindantes con el matadero municipal para permitir la ampliación de éste, dando origen al Sector n.º 13.
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NÚMERO 184
Viernes 23 de septiembre de 2022

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Por otro lado, dentro de los límites del nuevo sector urbanizable SU-13 nos encontramos con
el discurrir de una vía pecuaria clasificada como Colada de la Vereda de la Corcha.

Si bien, el desarrollo de la presente modificación puntual, y posteriormente la ordenación del
nuevo sector, tendrá en consideración la existencia de la misma y el desvío de su discurrir
para garantizar su tránsito y continuidad, en las condiciones que determine el correspondiente informe sectorial del Servicio de Infraestructuras del Medio Rural.
Respecto a los recursos hídricos existentes en el entorno del objeto de la modificación puntual, al norte de la misma, se encuentra el embalse de Almaraz-Arrocampo, al servicio de la
población para la producción energética de la Central Nuclear de Almaraz.
En cuanto a los cauces existentes, se muestra la red hidrográfica a continuación, si bien, la
modificación propuesta no supone un incremento de la demanda de recursos hídricos en el
municipio, no provoca afecciones directas a los cauces públicos presentes en el término municipal, y no afecta a la configuración de las redes de saneamiento municipales, ni a los vertidos
de aguas residuales o aguas pluviales que pudieran producirse.
No obstante, para evitar la afección de los cauces con el desarrollo del sector de uso industrial
será necesario adoptar las medidas preventivas necesarias y ya tenidas en cuenta durante la
aprobación del Plan General Municipal de Almaraz, así como aquellas que pudieran indicarse
por parte de la de la Confederación Hidrográfica del Tajo, con objeto de evitar cualquier tipo
de vertido y contaminación del agua.