Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. Ayudas. (2022AC0072)
Acuerdo de 16 de septiembre de 2022, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la feria internacional Fruit Logistica Berlín y en la feria de carácter internacional Meat Attraction, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 183
Jueves 22 de septiembre de 2022
45983
SLU, para los programas financiados con fondos europeos y el de la Junta de Extremadura
para los programas financiados con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
m) Cualesquiera otras que vengan establecidas en la normativa general, ya sea estatal
o autonómica, sobre subvenciones públicas, en las bases reguladoras o en la propia
resolución de concesión de las ayudas.
n) Aportar toda aquella documentación que sea requerida por el organizador del evento
específico.
2. A
la finalización del programa anual de las distintas acciones de promoción, Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, deberá informar a la Secretaría de Economía y
Comercio sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad.
Artículo 14. Justificación de la ayuda.
1. L
a justificación de las ayudas en especie se realizará cumpliendo con las condiciones impuestas en el Decreto 210/2017, de 28 de noviembre, de acuerdo con la normativa Comunitaria y tomando como referencia lo previsto concretamente en el artículo 35 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
A efecto de justificación de la presente ayuda el beneficiario deberá justificar en un plazo
de 12 días hábiles desde la finalización de la acción de promoción, la siguiente documentación (Anexo IV – Documentación Justificativa):
— Informe de Resultados, se entregará formato a cada beneficiario.
— Fotografías en destino con el logotipo de fondos FEDER bien visibles que justifiquen la
participación del beneficiario en la acción de promoción.
2. E
l beneficiario de la ayuda vendrá obligado a comunicar a Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, las incidencias que se produzcan con relación a la documentación
origen del expediente de ayuda y en especial, los supuestos de cambios de titularidad, así
como aquellos cambios de modificaciones justificadas y todas aquellas que alteren las condiciones que motivaron la resolución de concesión de la ayuda, o las prórrogas de los plazos
establecidos para la ejecución. Estas incidencias se resolverán por el Director General de
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
En aquellos supuestos concretos en los que se detecte que la documentación presenta
defectos subsanables o que no se presenta, esta circunstancia se pondrá en conocimiento
del beneficiario, concediéndole un plazo de 10 días hábiles para su corrección subsanación.
Jueves 22 de septiembre de 2022
45983
SLU, para los programas financiados con fondos europeos y el de la Junta de Extremadura
para los programas financiados con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
m) Cualesquiera otras que vengan establecidas en la normativa general, ya sea estatal
o autonómica, sobre subvenciones públicas, en las bases reguladoras o en la propia
resolución de concesión de las ayudas.
n) Aportar toda aquella documentación que sea requerida por el organizador del evento
específico.
2. A
la finalización del programa anual de las distintas acciones de promoción, Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, deberá informar a la Secretaría de Economía y
Comercio sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad.
Artículo 14. Justificación de la ayuda.
1. L
a justificación de las ayudas en especie se realizará cumpliendo con las condiciones impuestas en el Decreto 210/2017, de 28 de noviembre, de acuerdo con la normativa Comunitaria y tomando como referencia lo previsto concretamente en el artículo 35 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
A efecto de justificación de la presente ayuda el beneficiario deberá justificar en un plazo
de 12 días hábiles desde la finalización de la acción de promoción, la siguiente documentación (Anexo IV – Documentación Justificativa):
— Informe de Resultados, se entregará formato a cada beneficiario.
— Fotografías en destino con el logotipo de fondos FEDER bien visibles que justifiquen la
participación del beneficiario en la acción de promoción.
2. E
l beneficiario de la ayuda vendrá obligado a comunicar a Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, las incidencias que se produzcan con relación a la documentación
origen del expediente de ayuda y en especial, los supuestos de cambios de titularidad, así
como aquellos cambios de modificaciones justificadas y todas aquellas que alteren las condiciones que motivaron la resolución de concesión de la ayuda, o las prórrogas de los plazos
establecidos para la ejecución. Estas incidencias se resolverán por el Director General de
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
En aquellos supuestos concretos en los que se detecte que la documentación presenta
defectos subsanables o que no se presenta, esta circunstancia se pondrá en conocimiento
del beneficiario, concediéndole un plazo de 10 días hábiles para su corrección subsanación.