Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062699)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Arroyo de la Luz para subvencionar en el ejercicio 2022 el desarrollo del Programa de Educación Infantil (0-3 años) en la escuela infantil "Ta-ca-ta", de dicha localidad.
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NÚMERO 179
Viernes 16 de septiembre de 2022
45369
la correcta aplicación de la ayuda y control de las actividades objeto de ayuda, así como
la realización de cualquier otra actuación que proceda de tales actividades.
c) La elaboración de un reglamento que regule la organización y funcionamiento del centro.
d) La presentación de la Programación General Anual y de la memoria final del curso.
e) Comunicar a la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo
cualquier circunstancia que afecte al normal desarrollo de la prestación del servicio.
Octava. Control y seguimiento.
Sin perjuicio de lo anterior, la Junta de Extremadura a través de la Consejería de Educación y
Empleo podrá, en cualquier momento, realizar funciones de control y seguimiento del objeto
del convenio, inspeccionando con la frecuencia que se determine procedente la escuela infantil.
Novena. Publicidad.
1. El Ayuntamiento de Arroyo de la Luz se compromete a que en todas las actuaciones que
se lleven a cabo en la escuela infantil se haga constar expresamente que la titularidad del
mismo es de la Junta de Extremadura, si bien el uso, gestión y mantenimiento del centro
corresponde al Ayuntamiento mediante concesión del servicio.
Asimismo, y en virtud de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativo a la publicidad de las
subvenciones concedidas, y en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales
de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura, los beneficiarios de ayudas concedidas por la Junta de Extremadura, entre las que se encuentra cualquier
ente de derecho público o privado con el que la Junta de Extremadura colabore financiando
proyectos conjuntos en el marco de los convenios de colaboración suscritos al efecto, deberán
adoptar las medidas de identificación, información y publicidad de las inversiones financiadas
por la Junta de Extremadura, contenidas en el artículo 3 del Decreto 50/2001, y con las características y especificidades recogidas en el Anexo Técnico del mencionado Decreto.
2. La presente subvención será objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con
lo establecido en los artículos 20.8. b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y 17 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, así como en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal
Electrónico de la Transparencia y la Participación ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 10 y 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno abierto
de Extremadura.
Viernes 16 de septiembre de 2022
45369
la correcta aplicación de la ayuda y control de las actividades objeto de ayuda, así como
la realización de cualquier otra actuación que proceda de tales actividades.
c) La elaboración de un reglamento que regule la organización y funcionamiento del centro.
d) La presentación de la Programación General Anual y de la memoria final del curso.
e) Comunicar a la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo
cualquier circunstancia que afecte al normal desarrollo de la prestación del servicio.
Octava. Control y seguimiento.
Sin perjuicio de lo anterior, la Junta de Extremadura a través de la Consejería de Educación y
Empleo podrá, en cualquier momento, realizar funciones de control y seguimiento del objeto
del convenio, inspeccionando con la frecuencia que se determine procedente la escuela infantil.
Novena. Publicidad.
1. El Ayuntamiento de Arroyo de la Luz se compromete a que en todas las actuaciones que
se lleven a cabo en la escuela infantil se haga constar expresamente que la titularidad del
mismo es de la Junta de Extremadura, si bien el uso, gestión y mantenimiento del centro
corresponde al Ayuntamiento mediante concesión del servicio.
Asimismo, y en virtud de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativo a la publicidad de las
subvenciones concedidas, y en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales
de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura, los beneficiarios de ayudas concedidas por la Junta de Extremadura, entre las que se encuentra cualquier
ente de derecho público o privado con el que la Junta de Extremadura colabore financiando
proyectos conjuntos en el marco de los convenios de colaboración suscritos al efecto, deberán
adoptar las medidas de identificación, información y publicidad de las inversiones financiadas
por la Junta de Extremadura, contenidas en el artículo 3 del Decreto 50/2001, y con las características y especificidades recogidas en el Anexo Técnico del mencionado Decreto.
2. La presente subvención será objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con
lo establecido en los artículos 20.8. b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y 17 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, así como en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal
Electrónico de la Transparencia y la Participación ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 10 y 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno abierto
de Extremadura.