Presidencia De La Junta. Funcionarios De Administración Local. (2022062687)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Administración Local, por la que se aprueba la constitución de la Agrupación Secretarial de municipios de Hoyos y Villamiel, para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría, así como la clasificación del puesto.
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NÚMERO 178
Jueves 15 de septiembre de 2022

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Estatutos, así como la propuesta de clasificación del puesto de Secretaría; todo ello en sesiones plenarias celebradas por el Ayuntamiento de Hoyos, el día 8 de octubre de 2020 y 3 de
marzo de 2021, y en el Ayuntamiento de Villamiel en las sesiones plenarias de fechas 23 de
diciembre de 2020, 24 de febrero de 2021 y resolución de reclamaciones al acuerdo inicial en
sesión plenaria de 19 de abril de 2021, con el quórum de la mayoría absoluta del número legal
de miembros respectivamente, dándose traslado del expediente tramitado a esta Dirección
General para su aprobación en virtud de la competencia que le atribuye el Decreto 53/2010,
de 5 de marzo.
Cuarto. Respecto a las características del puesto de Secretaría de la Agrupación de municipios “Hoyos-Villamiel”, se han adoptado los respectivos acuerdos de modificación de la
relación de puestos de trabajo en ambas entidades, Villamiel y Hoyos, mediante acuerdos
plenarios en Villamiel, de fecha 30 de diciembre de 2021 y en Hoyos con fecha 30 de marzo
de 2022, siendo publicados en el Boletín oficial de la provincia, con fechas 5 de enero y 16 de
mayo de 2022, respectivamente.
Quinto. Se ha cumplido con el trámite que debe darse a los titulares de los puestos de Secretaría objeto de la Agrupación, según lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto autonómico,
en relación con la disposición adicional primera del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo,
y se ha dado audiencia al personal funcionario que desempeña temporalmente las funciones
propias de los respectivos puestos de Secretaría de ambas entidades locales, sin que se hayan
formulado objeciones. Por otra parte, al estar ocupados ambos puestos de manera temporal,
no resulta directamente aplicable lo previsto en la disposición adicional segunda del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, no es de aplicación.
Sexto. El Colegio oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local
de la provincia, así como la Diputación provincial de Cáceres han informado favorablemente
el expediente de constitución de la Agrupación de municipios de Hoyos y Villamiel, para el
sostenimiento en común del puesto de Secretaría.
Séptimo. Se ha emitido informe preceptivo de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, no apreciándose obstáculo legal que impida la aprobación del expediente, de conformidad
con lo dispuesto en el Decreto 1/2022, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento
de Organización y Funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su
Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura, en relación con los artículos
14 y 17 del Decreto 53/2010, de 5 de marzo. Por su parte, el Servicio de Régimen Jurídico de
Administración Local eleva propuesta de resolución favorable.