Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2022062619)
Resolución de 29 de agosto de 2022, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la selección de centros de formación en prácticas para el desarrollo de las prácticas externas de las enseñanzas universitarias oficiales de Máster y de los estudios conducentes a la obtención de la certificación oficial de la Formación Pedagógica y Didáctica.
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NÚMERO 178
Jueves 15 de septiembre de 2022
45296
— Mantener contacto con la persona responsable de la tutoría académica de la universidad, durante el desarrollo de las prácticas y comunicarle cualquier incidencia que pudiera producirse.
— Incorporarse al centro educativo donde se van a desarrollar las prácticas externas en
la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las
normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales del mismo.
— Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con
el centro educativo, conforme a las líneas establecidas en el mismo.
— Elaborar la memoria final de las prácticas externas.
— Guardar confidencialidad, en relación con la información interna del centro educativo,
así como secreto profesional sobre sus actividades durante su estancia y una vez finalizada esta.
— Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa sobre la organización y funcionamiento del centro educativo en el que se desarrollan las prácticas externas.
— El alumnado en prácticas no podrá sustituir al docente tutor debiendo ser considerado
como un colaborador en las actividades educativas.
6. Cobertura de riesgos: La universidad que haya suscrito o suscriba convenio de cooperación
educativa con la Consejería de Educación y Empleo contendrá la regulación relativa a los
seguros a suscribir por el alumnado en prácticas.
7. La universidad que haya suscrito o suscriba convenio de cooperación educativa con la
Consejería de Educación y Empleo y la propia Consejería de Educación y Empleo, se obligan al cumplimiento del Reglamento General de protección de datos de la Unión Europea
(Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril de 2016) y la legislación vigente en materia de
protección de datos de carácter personal.
Tercero. Centros de formación en prácticas.
1. Los centros seleccionados que acojan alumnado de prácticas externas tendrán la consideración de centros de formación en prácticas. Igualmente, el profesorado que tutele el
desarrollo de dichas prácticas externas en un centro de formación en prácticas tendrá la
consideración de profesorado de las tutorías de prácticas externas de las titulaciones de
enseñanzas universitarias oficiales de máster y de los estudios conducentes a la obtención
de la certificación oficial de la formación pedagógica y didáctica.
Jueves 15 de septiembre de 2022
45296
— Mantener contacto con la persona responsable de la tutoría académica de la universidad, durante el desarrollo de las prácticas y comunicarle cualquier incidencia que pudiera producirse.
— Incorporarse al centro educativo donde se van a desarrollar las prácticas externas en
la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las
normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales del mismo.
— Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con
el centro educativo, conforme a las líneas establecidas en el mismo.
— Elaborar la memoria final de las prácticas externas.
— Guardar confidencialidad, en relación con la información interna del centro educativo,
así como secreto profesional sobre sus actividades durante su estancia y una vez finalizada esta.
— Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa sobre la organización y funcionamiento del centro educativo en el que se desarrollan las prácticas externas.
— El alumnado en prácticas no podrá sustituir al docente tutor debiendo ser considerado
como un colaborador en las actividades educativas.
6. Cobertura de riesgos: La universidad que haya suscrito o suscriba convenio de cooperación
educativa con la Consejería de Educación y Empleo contendrá la regulación relativa a los
seguros a suscribir por el alumnado en prácticas.
7. La universidad que haya suscrito o suscriba convenio de cooperación educativa con la
Consejería de Educación y Empleo y la propia Consejería de Educación y Empleo, se obligan al cumplimiento del Reglamento General de protección de datos de la Unión Europea
(Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril de 2016) y la legislación vigente en materia de
protección de datos de carácter personal.
Tercero. Centros de formación en prácticas.
1. Los centros seleccionados que acojan alumnado de prácticas externas tendrán la consideración de centros de formación en prácticas. Igualmente, el profesorado que tutele el
desarrollo de dichas prácticas externas en un centro de formación en prácticas tendrá la
consideración de profesorado de las tutorías de prácticas externas de las titulaciones de
enseñanzas universitarias oficiales de máster y de los estudios conducentes a la obtención
de la certificación oficial de la formación pedagógica y didáctica.