Consejería De Educación Y Empleo. Seguridad Y Salud En El Trabajo. Subvenciones. (2022062637)
Resolución de 30 de agosto de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de la seguridad y salud en el trabajo en las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
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NÚMERO 176
Martes 13 de septiembre de 2022

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DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA CON LA SOLICITUD
1.- Copia del N.I.F. del o de la solicitante, si es persona física o jurídica (*).
2.- Copia de la escritura de constitución de persona jurídica (*).
3.- Si se actúa mediante representación, copia del NIF (*) y documento que acredite la capacidad legal para representar, solicitar
y recibir la ayuda.
4.- Para comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica, copia del NIF de la comunidad de bienes y del NIF
pasaporte o tarjeta de residencia de cada uno de los comuneros o integrantes de la entidad, o de su representante legal, en su
caso (*).
5.- En el caso de comunidades de bienes o sociedades civiles, declaración firmada por todos los integrantes de la entidad donde
se indiquen los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación así como el importe de subvención a
aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.
6.- Memoria, cumplimentando el modelo recogido en el Anexo III y aportando los documentos requeridos.
7.-En el caso de que el importe del gasto subvencionable supere las cuantías que, en los supuestos de coste por ejecución de
obras, suministros de bienes de equipo o de prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, se
establezcan en la legislación de contratos del sector público para los contratos menores:
- Copia de las ofertas de diferentes proveedores (mínimo tres), con carácter previo a la contracción del compromiso para la
obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables
no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, suministren o presten.
- Memoria justificativa de la elección entre las ofertas presentadas, cuando no recaiga en la propuesta económica más
ventajosa.
8.- Acreditación de la Organización Preventiva establecida en la empresa en todas las disciplinas o especialidades (Seguridad
en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y/o Psicosociología Aplicada y Medicina del Trabajo). Si tiene concierto/s con
servicio/s de prevención ajeno/s deberá aportarse certificado emitido por dicho/s servicio/s, indicando las especialidades
preventivas concertadas. En caso de que la empresa haya organizado la prevención mediante medios propios, deberá aportar
declaración responsable firmada por el empresario, que incluya la descripción de la organización preventiva adoptada para el
desarrollo de las especialidades preventivas.
9.- Declaración responsable de las subvenciones u otras ayudas públicas solicitadas o concedidas durante el ejercicio fiscal de
la solicitud y los dos ejercicios fiscales anteriores acogidas al régimen de minimis. Para ello deberán formalizar el Anexo II.
10.- Certificados acreditativos de que la entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias
con la Hacienda del Estado, con la Seguridad Social, y que no se tienen deudas con la Hacienda autonómica. (*)
11.-Certificado acreditativo de que la entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con
la Hacienda del Estado.
12.- Vida laboral de empresa con los datos del número de trabajadores contratados a la fecha de publicación en el DOE de cada
convocatoria (*).
13.- Alta en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura, o en su caso, copia de la misma si ya se ha efectuado este
trámite con anterioridad.
14.- Informe del servicio de prevención de la empresa o, en su caso, de la persona que asuma la actividad preventiva en la
misma, en el que se justifique que la inversión prevista cumple con los requisitos establecidos en la Orden de 22 de junio de
2022, y su realización supone la mejora las condiciones de seguridad y salud laboral en la empresa.
15.- En inversiones que se realicen para la adaptación de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad,
identificación de los puestos y descripción de las adaptaciones previstas.
(*) Si procede, salvo autorización u oposición, según los casos, para la comprobación de oficio por parte de la administración
en el apartado E del Anexo I, conforme a lo establecido en el artículo 9.2 de la Orden, de 22 de junio de 2022.