Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Premios. (2022062641)
Resolución de 31 de agosto de 2022, de la Consejera, por la que se conceden los Premios Extraordinarios de Educación Primaria correspondientes al curso académico 2021/2022.
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NÚMERO 174

44735

Viernes 9 de septiembre de 2022

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
RESOLUCIÓN de 31 de agosto de 2022, de la Consejera, por la que se conceden
los Premios Extraordinarios de Educación Primaria correspondientes al curso
académico 2021/2022. (2022062641)
De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 13 de abril de 2022, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Educación Primaria correspondientes al curso 2021-2022
(DOE, n.º 77, de 22 de abril), y de acuerdo con la propuesta realizada por la Secretaría General de Educación a la vista del acta de la Comisión,
RESUELVO:
Conceder Premio Extraordinario de Educación Primaria a los alumnos que se relacionan en el
anexo a la presente resolución, por importe de 340 euros cada uno de ellos (3.400 euros en total),
que será hecho efectivo con cargo a la aplicación presupuestaria 130020000/G/222G/48100/
CAG0000001/20020168 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Educación y Empleo,
en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el
artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Podrá también interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, conforme a
lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 31 de agosto de 2022.
La Consejera,
MARÍA ESTHER GUTIÉRREZ MORÁN