Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Montes. (2022062593)
Resolución de 30 de agosto de 2022, de la Consejera, por la que se ordena la anotación en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Cáceres, del monte con el n.º 155, "Peña Negra", sito en el término de Piornal, y propiedad del municipio, al haber acordado el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la declaración de utilidad pública del mismo y su inclusión en aquel Catálogo.
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NÚMERO 172
44448
Martes 6 de septiembre de 2022
Cuarto. Disponer que se notifique esta resolución al Ayuntamiento de Piornal, a cuya
instancia se inició el procedimiento que ha finalizado con la declaración de la utilidad pública
del monte “Peña Negra”, del que es titular, para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo
40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Quinto. Disponer que esta resolución se publique en el Diario Oficial de Extremadura, para
general conocimiento.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, al amparo de lo dispuesto en
el artículo 103.d) de la Ley 1/2002, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, ante la Sala de
lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de acuerdo
con los artículos 10, 14, 46.1 y relacionados de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante lo anterior, podrá interponerse
con carácter potestativo recurso de reposición ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la
notificación de esta resolución, advirtiéndose que, en este último caso, no podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la
desestimación presunta del recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 114, 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro
recurso que se estime procedente.
Mérida, 30 de agosto de 2022
La Consejera de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio,
Mª BEGOÑA GARCÍA BERNAL
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Martes 6 de septiembre de 2022
Cuarto. Disponer que se notifique esta resolución al Ayuntamiento de Piornal, a cuya
instancia se inició el procedimiento que ha finalizado con la declaración de la utilidad pública
del monte “Peña Negra”, del que es titular, para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo
40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Quinto. Disponer que esta resolución se publique en el Diario Oficial de Extremadura, para
general conocimiento.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, al amparo de lo dispuesto en
el artículo 103.d) de la Ley 1/2002, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, ante la Sala de
lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de acuerdo
con los artículos 10, 14, 46.1 y relacionados de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante lo anterior, podrá interponerse
con carácter potestativo recurso de reposición ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la
notificación de esta resolución, advirtiéndose que, en este último caso, no podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la
desestimación presunta del recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 114, 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro
recurso que se estime procedente.
Mérida, 30 de agosto de 2022
La Consejera de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio,
Mª BEGOÑA GARCÍA BERNAL
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