Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2022081412)
Anuncio de 25 de agosto de 2022 por el que se somete a información pública la solicitud de reconocimiento de utilidad pública correspondiente a la instalación fotovoltaica "Parque 1", ubicada en el término municipal de Mérida (Badajoz), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/72/20.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 172
Martes 6 de septiembre de 2022

44458

— Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 6.191.779,61 €.
— Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructura
eléctrica de evacuación asociada.
Lo que se hace público a los efectos oportunos y para el general conocimiento, pudiendo
ser examinada la documentación presentada en las dependencias de la Dirección General
de Industria, Energía y Minas, perteneciente a la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad, sita en Paseo de Roma, s/n, Módulo D, 1ª planta, 06800 Mérida, en horario
de 8:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes laborables, y consultado el anejo de afecciones
junto con el presente anuncio a través de la página web http://industriaextremadura.
juntaex.es/kamino/index.php/otras-noticias/informacion-publica, y formularse al mismo
tiempo las alegaciones que se estimen oportunas, que deberán dirigirse al citado organismo,
concediéndose al efecto un plazo de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de
la publicación de este anuncio.
Igualmente, los afectados dentro del mismo plazo, podrán aportar los datos oportunos, solo
a los efectos de rectificar posibles errores, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento de
la Ley de Expropiación Forzosa, así como formular alegaciones procedentes por razón de lo
dispuesto en el artículo 161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La declaración de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, llevará implícito en todo caso la necesidad
de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente
ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Mérida, 25 de agosto de 2022. El Director General de Industria, Energía y Minas, SAMUEL
RUIZ FERNÁNDEZ.