Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062605)
Resolución de 25 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Reforma de Molino para Casa Rural", cuyo promotor es Antiqua Natura, SRL, en el término municipal de Villamiel. Expte.: IA21/1583.
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NÚMERO 171
Lunes 5 de septiembre de 2022

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— Las plantas a utilizar deberán estar libres de agentes patógenos y provenir de vivero
certificado.
— Se asegurará el éxito de las plantaciones, para lo cual se realizará un mantenimiento
adecuado, así como la reposición de las marras que fueran necesarias. Se realizarán los
oportunos riegos de apoyo durante los primeros años de la plantación.
— Las edificaciones deben mantener las especificaciones contempladas en el documento
ambiental, manteniendo una estructura de edificación tradicional integrada en el medio.
Los acabados exteriores se realizarán con tonos y colores que se integren y no destaquen
en el entorno, tonos ocres suaves. En cualquiera de los elementos constructivos e
instalaciones auxiliares no deben utilizarse tonos llamativos o brillantes, justificando
su adecuación a las características naturales y culturales del paisaje, respetándose el
campo visual y la armonía del conjunto.
d) Medidas a aplicar al final de la actividad.
— Al final de la actividad se procederá al derribo de las construcciones, al desmantelamiento
de las instalaciones y al relleno de las fosas. El objetivo de la restauración será que
los terrenos recuperen su aptitud agrícola original, demoliendo adecuadamente las
instalaciones, y retirando los residuos a gestor autorizado.
— Si una vez finalizada la actividad se pretendiera adaptar las instalaciones para otro uso
distinto, éstas deberán adecuarse al nuevo uso. Dicha modificación deberá contar con
todos los informes y autorizaciones exigibles en su caso.
e) Programa de vigilancia y seguimiento ambiental.
— El promotor deberá disponer de un programa de vigilancia ambiental que deberá
contener, al menos, un informe anual sobre el seguimiento de las medidas incluidas en
el informe de impacto ambiental.
— En base al resultado de estos informes se podrán exigir medidas correctoras suplementarias
para corregir las posibles deficiencias detectadas, así como otros aspectos relacionados
con el seguimiento ambiental no recogidos inicialmente.
Teniendo en cuenta todo ello, así como la no afección del proyecto a espacios de la Red Natura
2000, esta Dirección General de Sostenibilidad, a propuesta del Servicio de Prevención,
Calidad Ambiental y Cambio Climático, resuelve, de acuerdo con la evaluación de impacto
ambiental simplificada practicada conforme a lo previsto en la sección 2ª del capítulo II del
título II, tras el análisis realizado con los criterios del anexo III de la Ley 21/2013, de 9 de