Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062603)
Resolución de 22 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de tratamiento de alperujo de almazara, cuyo promotor es Explotaciones Agrícolas Montánchez, SL, en el término municipal de Navalvillar de Pela.
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NÚMERO 171
Lunes 5 de septiembre de 2022

44313

Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018,
de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que
se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura), y/o en el
Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 130/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal
técnico de la Dirección General de Sostenibilidad y al agente del Medio Natural de la
zona que darán las indicaciones oportunas.


— Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la normativa
urbanística y en la autorización ambiental unificada, correspondiendo al Ayuntamiento de Navalvillar de Pela y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias
en estas materias.

b. Medidas en fase de construcción.


— Previamente al inicio de las obras se procederá al replanteo y jalonamiento de toda
la superficie ocupada para así evitar daños a zonas adyacentes.



— No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos en la legislación vigente.



— Los movimientos de tierras, en caso de ser necesarios, serán los descritos en el proyecto. Se evitará realizar estos trabajos en periodos de lluvias para evitar el arrastre
de sedimentos por escorrentía. Si fuera necesario se realizarán aportes de tierra
vegetal extra en las áreas con peligro de erosión



— Se recuperará la tierra vegetal extraída en las operaciones de desbroce y despeje,
previamente a la cimentación y soterramiento de redes. Este material se extenderá
en zonas libres verdes y zonas perimetrales donde se realizarán plantaciones vegetales, además de emplearse en nivelaciones de terreno.



— Se adecuarán las instalaciones al entorno rural en que se ubican. En cualquiera de los
elementos constructivos se evitará la utilización de tonos brillantes, manteniendo, en
la medida de lo posible una estructura de edificación tradicional.



— Se habilitará una zona en el interior de los límites de las parcelas afectadas para el
mantenimiento de vehículos. No se realizarán tareas de mantenimiento de la maquinaria o los vehículos en áreas distintas a las destinadas para ello. Estas zonas se
ubicarán fuera del Dominio Público Hidráulico.