Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062599)
Resolución de 24 de agosto de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Mérida para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Mérida Arqueológica, Natural e Inteligente", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 170
Viernes 2 de septiembre de 2022
44110
Para la justificación del PSTD, el Ayuntamiento de Mérida, semestralmente, dará cuenta a la
Dirección General de Turismo de las actuaciones realizadas, el cumplimiento de los objetivos
alcanzados y una memoria económica, especificándose el porcentaje realizado, con una relación clasificada de los gastos efectuados. La presentación de dicha documentación deberá
realizarse antes del 10 de enero y 10 de julio de cada anualidad.
La justificación documental de las actuaciones deberá presentarse en castellano y dicha justificación requerirá la forma de cuenta justificativa (Anexo IX), en la que se deberá incluir, bajo
la responsabilidad del declarante, los justificantes de gastos y pagos o cualquier otro documento con validez jurídica que permita acreditar el cumplimiento de las actuaciones.
La cuenta deberá incluir una declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas
con dichos fondos y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos y pagos realizados.
Deberá acreditarse en la justificación final, que se presentará, inexcusablemente, por la entidad local ante la Dirección General de Turismo, hasta el 31 de enero de 2026, la aplicación
final de los fondos y sus importes.
En el caso de que la ejecución no alcance el 100% de las aportaciones realizadas se estará a
lo dispuesto en la cláusula décima cuarta, sobre incumplimiento y reintegro.
Con la justificación final deberá acompañarse la siguiente documentación:
• Certificación de la Secretaría/Intervención de la entidad, donde se certifiquen los gastos y pagos totales realizados, con especificación y desglose del número de las actuaciones realizadas
y los resultados obtenidos. Esta certificación deberá contener los siguientes extremos:
–Q
ue los gastos realizados y pagados imputables, corresponden a gastos exclusivos de
la misma.
–Q
ue los gastos y pagos efectuados responden a la naturaleza y finalidad para la que
se otorgaron los fondos europeos.
–Q
ue la declaración de estos gastos es exacta y se ha efectuado a partir de sistemas
de contabilidad basados en justificantes comprobables.
–Q
ue la documentación original acreditativa del gasto realizado y efectivamente pagado se encuentra en las dependencias de dicha entidad, a disposición de las comprobaciones que procedan e identificando al responsable de su custodia.
Viernes 2 de septiembre de 2022
44110
Para la justificación del PSTD, el Ayuntamiento de Mérida, semestralmente, dará cuenta a la
Dirección General de Turismo de las actuaciones realizadas, el cumplimiento de los objetivos
alcanzados y una memoria económica, especificándose el porcentaje realizado, con una relación clasificada de los gastos efectuados. La presentación de dicha documentación deberá
realizarse antes del 10 de enero y 10 de julio de cada anualidad.
La justificación documental de las actuaciones deberá presentarse en castellano y dicha justificación requerirá la forma de cuenta justificativa (Anexo IX), en la que se deberá incluir, bajo
la responsabilidad del declarante, los justificantes de gastos y pagos o cualquier otro documento con validez jurídica que permita acreditar el cumplimiento de las actuaciones.
La cuenta deberá incluir una declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas
con dichos fondos y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos y pagos realizados.
Deberá acreditarse en la justificación final, que se presentará, inexcusablemente, por la entidad local ante la Dirección General de Turismo, hasta el 31 de enero de 2026, la aplicación
final de los fondos y sus importes.
En el caso de que la ejecución no alcance el 100% de las aportaciones realizadas se estará a
lo dispuesto en la cláusula décima cuarta, sobre incumplimiento y reintegro.
Con la justificación final deberá acompañarse la siguiente documentación:
• Certificación de la Secretaría/Intervención de la entidad, donde se certifiquen los gastos y pagos totales realizados, con especificación y desglose del número de las actuaciones realizadas
y los resultados obtenidos. Esta certificación deberá contener los siguientes extremos:
–Q
ue los gastos realizados y pagados imputables, corresponden a gastos exclusivos de
la misma.
–Q
ue los gastos y pagos efectuados responden a la naturaleza y finalidad para la que
se otorgaron los fondos europeos.
–Q
ue la declaración de estos gastos es exacta y se ha efectuado a partir de sistemas
de contabilidad basados en justificantes comprobables.
–Q
ue la documentación original acreditativa del gasto realizado y efectivamente pagado se encuentra en las dependencias de dicha entidad, a disposición de las comprobaciones que procedan e identificando al responsable de su custodia.