Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062574)
Resolución de 22 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas superficiales para el riego deficitario de olivar existente sobre 92,9448 Ha, en la finca Talantosa", cuyo promotor es Talantosas, SC, en el término municipal de Mérida (Badajoz). Expte.: IA22/0256.
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NÚMERO 169
Jueves 1 de septiembre de 2022
44003
3.2.2. Alternativas del proyecto.
El documento ambiental plantea la alternativa 0 o de no actuación, manteniendo la
situación actual. En el caso que nos ocupa, el cultivo se encuentra totalmente establecido y las infraestructuras de riego se encuentran instaladas, siendo ésta la situación
que se pretende mantener mediante la obtención de dos concesiones de aguas superficiales definitivas para el riego de la superficie solicitad.
Por otro lado, el documento ambiental analiza otras tres alternativas:
Alternativa 1. Incremento de la intensificación. Consistiría en añadir plantas a los actuales marcos de plantación y mantener el sistema de riego. Se descarta al suponer un
mayor impacto ambiental por el aumento considerable del consumo hídrico, además
de implicar una mayor intensificación de las labores de explotación (laboreos, uso de
agroquímicos, etc.).
Alternativa 2. Obtención de aguas subterráneas. Consistiría en mantener la situación
actual, pero solicitando recursos hídricos subterráneos para el riego. Se descarta ya
que estos recursos subterráneos provendrían de la masa de agua subterránea “Tierra
de Barros”, la cual se encuentra en la actualidad sobreexplotada, por lo que el órgano
de cuencano no otorga ni concesiones ni aprovechamientos para riego en esta zona.
Alternativa 3. Abandono del riego y explotación de las fincas en secano. Se descarta
por razones de falta de rentabilidad de las explotaciones.
3.3. Características del potencial impacto.
3.3.1. Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
La zona de actuación no se encuentra incluida dentro de lugares de la Red Natura 2000
ni dentro de otras Áreas Protegidas de Extremadura (Ley 8/1998, de 26 de junio, de
conservación de la naturaleza y de espacios naturales de Extremadura).
El lugar de la Red Natura 2000 más próximo a la zona de actuación es la Zona de
Especial Protección para las Aves (ZEPA) “Llanos y Complejo lagunar de La Albuera”,
ubicada a unos 5,5 km al Sur de la zona de actuación.
Según el informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad (CN22/1791/17) la actividad solicitada, no es susceptible de afectar de forma apreciable, directa o indirectamente,
a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan las medidas
indicadas en el propio informe.
Jueves 1 de septiembre de 2022
44003
3.2.2. Alternativas del proyecto.
El documento ambiental plantea la alternativa 0 o de no actuación, manteniendo la
situación actual. En el caso que nos ocupa, el cultivo se encuentra totalmente establecido y las infraestructuras de riego se encuentran instaladas, siendo ésta la situación
que se pretende mantener mediante la obtención de dos concesiones de aguas superficiales definitivas para el riego de la superficie solicitad.
Por otro lado, el documento ambiental analiza otras tres alternativas:
Alternativa 1. Incremento de la intensificación. Consistiría en añadir plantas a los actuales marcos de plantación y mantener el sistema de riego. Se descarta al suponer un
mayor impacto ambiental por el aumento considerable del consumo hídrico, además
de implicar una mayor intensificación de las labores de explotación (laboreos, uso de
agroquímicos, etc.).
Alternativa 2. Obtención de aguas subterráneas. Consistiría en mantener la situación
actual, pero solicitando recursos hídricos subterráneos para el riego. Se descarta ya
que estos recursos subterráneos provendrían de la masa de agua subterránea “Tierra
de Barros”, la cual se encuentra en la actualidad sobreexplotada, por lo que el órgano
de cuencano no otorga ni concesiones ni aprovechamientos para riego en esta zona.
Alternativa 3. Abandono del riego y explotación de las fincas en secano. Se descarta
por razones de falta de rentabilidad de las explotaciones.
3.3. Características del potencial impacto.
3.3.1. Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
La zona de actuación no se encuentra incluida dentro de lugares de la Red Natura 2000
ni dentro de otras Áreas Protegidas de Extremadura (Ley 8/1998, de 26 de junio, de
conservación de la naturaleza y de espacios naturales de Extremadura).
El lugar de la Red Natura 2000 más próximo a la zona de actuación es la Zona de
Especial Protección para las Aves (ZEPA) “Llanos y Complejo lagunar de La Albuera”,
ubicada a unos 5,5 km al Sur de la zona de actuación.
Según el informe emitido por el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad (CN22/1791/17) la actividad solicitada, no es susceptible de afectar de forma apreciable, directa o indirectamente,
a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan las medidas
indicadas en el propio informe.