Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Oferta De Empleo Público. (2022062588)
Resolución de 22 de agosto de 2022, del Consejero, relativa a la autorización de las correspondientes convocatorias de plazas derivadas de la Oferta de Empleo Público de la Universidad de Extremadura correspondiente al año 2022.
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NÚMERO 168
Miércoles 31 de agosto de 2022
43871
cionar a los empleados públicos debidamente capacitados para cubrir los puestos de trabajo,
con sujeción a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como a los
de publicidad de las convocatorias y sus bases, el de transparencia, imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección, independencia y discrecionalidad técnica
en la actuación de los mismos, adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las
funciones o tareas a desarrollar, y agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de
selección”.
Quinto. Con fecha 10 de agosto de 2022, el Director General de Política Universitaria realiza
propuesta al Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital relativa a la autorización de
las correspondientes convocatorias de plazas derivadas de la Oferta de Empleo Público de la
Universidad de Extremadura correspondiente al año 2022, en virtud de lo solicitado por la
Gerencia de la Universidad de Extremadura con fecha 24 de mayo de 2022.
Previamente, la Mesa Negociadora, el día 6 de mayo de 2022, fijó los criterios generales que
conforman la Oferta de Empleo Público y su concreción. Asimismo, se remitieron al Consejo
de Gobierno de la Universidad, aprobándose en la sesión del mismo celebrada con fecha 16
de mayo de 2022.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dado por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, atribuye en su artículo 10.1.5 a la Comunidad Autónoma la competencia sobre: “Universidades públicas y privadas. En particular, la programación y creación
de centros públicos, la autorización de los privados, la aprobación definitiva de sus estatutos
y normas de funcionamiento, los procedimientos de acceso, el régimen retributivo y la regulación de los títulos propios, así como la financiación de las públicas y el régimen de control,
fiscalización y examen de sus cuentas”.
Segundo. Mediante el Real Decreto 634/1995, de 21 de abril, se realiza el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en
materia de Universidades. En este marco, estas competencias quedan atribuidas a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de conformidad con lo establecido por el Decreto del
Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias
de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 233, de 3 de diciembre de 2021).
Tercero. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el apartado primero de su
artículo 70 indica que: “Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán
Miércoles 31 de agosto de 2022
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cionar a los empleados públicos debidamente capacitados para cubrir los puestos de trabajo,
con sujeción a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como a los
de publicidad de las convocatorias y sus bases, el de transparencia, imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección, independencia y discrecionalidad técnica
en la actuación de los mismos, adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las
funciones o tareas a desarrollar, y agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de
selección”.
Quinto. Con fecha 10 de agosto de 2022, el Director General de Política Universitaria realiza
propuesta al Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital relativa a la autorización de
las correspondientes convocatorias de plazas derivadas de la Oferta de Empleo Público de la
Universidad de Extremadura correspondiente al año 2022, en virtud de lo solicitado por la
Gerencia de la Universidad de Extremadura con fecha 24 de mayo de 2022.
Previamente, la Mesa Negociadora, el día 6 de mayo de 2022, fijó los criterios generales que
conforman la Oferta de Empleo Público y su concreción. Asimismo, se remitieron al Consejo
de Gobierno de la Universidad, aprobándose en la sesión del mismo celebrada con fecha 16
de mayo de 2022.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dado por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, atribuye en su artículo 10.1.5 a la Comunidad Autónoma la competencia sobre: “Universidades públicas y privadas. En particular, la programación y creación
de centros públicos, la autorización de los privados, la aprobación definitiva de sus estatutos
y normas de funcionamiento, los procedimientos de acceso, el régimen retributivo y la regulación de los títulos propios, así como la financiación de las públicas y el régimen de control,
fiscalización y examen de sus cuentas”.
Segundo. Mediante el Real Decreto 634/1995, de 21 de abril, se realiza el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en
materia de Universidades. En este marco, estas competencias quedan atribuidas a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de conformidad con lo establecido por el Decreto del
Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias
de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 233, de 3 de diciembre de 2021).
Tercero. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el apartado primero de su
artículo 70 indica que: “Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán