Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062542)
Resolución de 11 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental de la subestación eléctrica colectora de 400/132/30 kV, 150 MVA "Huerta Sevilla" y línea de alta tensión de 400 kV en los términos municipales de Fuente de Cantos y Segura de León (Badajoz). Expte: IA20/1341.
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NÚMERO 165

43360

Viernes 26 de agosto de 2022

Referencias
Línea subterránea
entre apoyos 2
al 3:

Línea subterránea
entre apoyos 9
al 12

Coordenada X

Coordenada Y

728.270,991

4.230.894,249

729.320,756

4.230.530,946

729.450,147

4.230.507,413

731.475,652

4.230.223,635

731.581,668

4.230.103,711

731.630,855

4.230.043,286

731.640,352

4.230.024,747

731.647,028

4.230.000,006

731.646,970

4.229.973,739

731.645,597

4.229.968,740

731.644,728

4.229.945,973

731.651,278

4.229.912,226

731.660,644
731.827,826

4.229.885,299
4.229.562,426

731.883,852

4.229.417,478

B) Resumen del resultado del trámite de información pública y consultas a las Administraciones
públicas afectadas y a las personas interesadas
B.1) Trámite de información pública
Según lo establecido en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de
Sostenibilidad como órgano ambiental realizó la información pública del EsIA mediante
anuncio de 5 de agosto de 2021 que se publicó en el DOE n.º 159, de 18 de agosto de
2021.
Durante el periodo de información pública se han recibido tres alegaciones por parte de
particulares (tres recibidas desde la Dirección General de Industria) y otra de la mercantil
Río Narcea Nickel, SL.


— En el caso del primer alegante expone su oposición al estudio de impacto ambiental
puesto que la línea propuesta posee un recorrido más largo que otra de las
alternativas, lo que genera mayor impacto paisajístico, mayor afección a la avifauna
y afección forestal.

— 
En el caso del segundo alegante expone los argumentos para que no se
autorice la instalación en la parcela 22, del polígono 17 (referencia catastral
06052A017000220000W0) de un apoyo ni la extensión de la línea de alta tensión de
400 kV que transcurra por dicha parcela.