Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062542)
Resolución de 11 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental de la subestación eléctrica colectora de 400/132/30 kV, 150 MVA "Huerta Sevilla" y línea de alta tensión de 400 kV en los términos municipales de Fuente de Cantos y Segura de León (Badajoz). Expte: IA20/1341.
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NÚMERO 165
Viernes 26 de agosto de 2022
43368
20 de enero de 2022 emite informe desfavorable a la actividad solicitada, por suponer
un impacto crítico sobre el águila real, especie protegida, afectando a la coherencia de
la Red Natura 2000 y/o el incumplimiento de la normativa ambiental, dado que durante
el trazado de la línea aérea de evacuación “Huerta Sevilla” - SET “Segura de León”,
existe un territorio de águila real, cuyo nido se encuentra a unos 146 m de la línea de
evacuación de la alternativa seleccionadas y a 63 m, 340 m y 242 m de las alternativas
1, 2, y 3 respectivamente.
Este tipo de líneas aéreas (400 kV) no implican riesgo de electrocución, pero sí de
colisión. Teniendo en cuenta la corta distancia entre la línea y el nido, las posibles
molestias que durante la construcción pueden ocurrir, la línea aérea supone un factor de
alto riesgo de mortalidad continuo en el tiempo de los pollos de la pareja reproductora
en los primeros vuelos, así como en los arranques de los vuelos rutinarios diarios de los
adultos. Por todo ello, consideramos que el diseño de la línea debe ser soterrado en su
totalidad o en su defecto, plantear una alternativa fuera del área crítica de reproducción
de águila real que cuyo trazado diste al menos 500 metros del nido.
Respecto al resto del trazado de la línea aérea de evacuación “Huerta Sevilla” - SET
“Segura de León”, en el entorno de la SET “Segura de León”, hay constancia de la
presencia de sisón reproductor, así como de ganga ortega. En base a ello el promotor
plantea el soterramiento de la línea en este tramo.
— Con fecha 11 de mayo de 2022 el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de
la Dirección General de Política Forestal emite informe en el que considera que
la ejecución del proyecto no supone una afección forestal considerable e informa
favorablemente siempre que se cumpla lo indicado en el estudio de impacto ambiental
y si se requiere la afección puntual sobre el arbolado (poda, apostado…) se realicen
cumpliendo las normas técnicas recogidas en el Anexo del Decreto 134/2019 , entre
las que se incluyen contar con el Agente del Medio Natural, coordinador de la UTV 6,
antes de empezar los trabajos y planificar su ejecución en el período hábil establecido
al efecto en el mismo, entre 1 de noviembre y 28 de febrero para podas y apostados.
B.3) Trámite de consultas a las personas interesadas.
En cumplimiento con lo establecido en el artículo 67 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General
de Sostenibilidad consultó a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas,
físicas o jurídicas, públicas o privadas, interesadas o vinculadas con el medio ambiente.
Las consultas realizadas se relacionan en la tabla adjunta, se han señalado con una “X”
aquellas que han emitido informe o formulado alegaciones a dichas consultas.
Viernes 26 de agosto de 2022
43368
20 de enero de 2022 emite informe desfavorable a la actividad solicitada, por suponer
un impacto crítico sobre el águila real, especie protegida, afectando a la coherencia de
la Red Natura 2000 y/o el incumplimiento de la normativa ambiental, dado que durante
el trazado de la línea aérea de evacuación “Huerta Sevilla” - SET “Segura de León”,
existe un territorio de águila real, cuyo nido se encuentra a unos 146 m de la línea de
evacuación de la alternativa seleccionadas y a 63 m, 340 m y 242 m de las alternativas
1, 2, y 3 respectivamente.
Este tipo de líneas aéreas (400 kV) no implican riesgo de electrocución, pero sí de
colisión. Teniendo en cuenta la corta distancia entre la línea y el nido, las posibles
molestias que durante la construcción pueden ocurrir, la línea aérea supone un factor de
alto riesgo de mortalidad continuo en el tiempo de los pollos de la pareja reproductora
en los primeros vuelos, así como en los arranques de los vuelos rutinarios diarios de los
adultos. Por todo ello, consideramos que el diseño de la línea debe ser soterrado en su
totalidad o en su defecto, plantear una alternativa fuera del área crítica de reproducción
de águila real que cuyo trazado diste al menos 500 metros del nido.
Respecto al resto del trazado de la línea aérea de evacuación “Huerta Sevilla” - SET
“Segura de León”, en el entorno de la SET “Segura de León”, hay constancia de la
presencia de sisón reproductor, así como de ganga ortega. En base a ello el promotor
plantea el soterramiento de la línea en este tramo.
— Con fecha 11 de mayo de 2022 el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de
la Dirección General de Política Forestal emite informe en el que considera que
la ejecución del proyecto no supone una afección forestal considerable e informa
favorablemente siempre que se cumpla lo indicado en el estudio de impacto ambiental
y si se requiere la afección puntual sobre el arbolado (poda, apostado…) se realicen
cumpliendo las normas técnicas recogidas en el Anexo del Decreto 134/2019 , entre
las que se incluyen contar con el Agente del Medio Natural, coordinador de la UTV 6,
antes de empezar los trabajos y planificar su ejecución en el período hábil establecido
al efecto en el mismo, entre 1 de noviembre y 28 de febrero para podas y apostados.
B.3) Trámite de consultas a las personas interesadas.
En cumplimiento con lo establecido en el artículo 67 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General
de Sostenibilidad consultó a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas,
físicas o jurídicas, públicas o privadas, interesadas o vinculadas con el medio ambiente.
Las consultas realizadas se relacionan en la tabla adjunta, se han señalado con una “X”
aquellas que han emitido informe o formulado alegaciones a dichas consultas.