Consorcio Ciudad Monumental De Mérida. Pruebas Selectivas. Turno De Ascenso. (2022062554)
Resolución de 11 de agosto de 2022, de la Dirección, por la que se declara aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos para participar en las pruebas selectivas por turno de ascenso convocadas por Resolución de 8 de julio de 2022 para cubrir un puesto de trabajo en la categoría de Vigilante de recintos arqueológicos.
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NÚMERO 164
Jueves 25 de agosto de 2022
43249
CONSORCIO CIUDAD MONUMENTAL DE MÉRIDA
RESOLUCIÓN de 11 de agosto de 2022, de la Dirección, por la que se declara
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos para participar en las
pruebas selectivas por turno de ascenso convocadas por Resolución de 8 de
julio de 2022 para cubrir un puesto de trabajo en la categoría de Vigilante de
recintos arqueológicos. (2022062554)
Convocadas por Resolución de fecha 8 de julio de 2022 (DOE n.º 138, de 19 de julio) pruebas
selectivas por turno de ascenso para cubrir un puesto de trabajo vacante en la categoría de
Vigilante de recintos arqueológicos.
Conforme a lo establecido en la base cuarta, apartado 1, de la citada convocatoria, una vez
finalizado el plazo de presentación de instancias, el Director dictará resolución en plazo máximo de cinco días hábiles declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y
excluidos con indicación de la causa de exclusión, indicando los lugares en que se encuentran
al público expuestas las listas provisionales y concediendo un plazo de cinco días hábiles para
subsanación de defectos y reclamaciones, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el citado diario.
Por todo ello, al amparo de las competencias que me atribuyen los Estatutos de la entidad,
RESUELVO:
Primero. Declarar aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos/as con indicación
de la causa de exclusión, para participar en las pruebas selectivas convocadas mediante la
referida resolución.
Segundo. Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para subsanación de
defectos y reclamaciones, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.
No se considerará defecto formal subsanable la falta de presentación de los documentos exigidos para ser admitido en el plazo de la solicitud.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la exclusión
o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos,
serán definitivamente excluidos de la realización de la prueba.
Jueves 25 de agosto de 2022
43249
CONSORCIO CIUDAD MONUMENTAL DE MÉRIDA
RESOLUCIÓN de 11 de agosto de 2022, de la Dirección, por la que se declara
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos para participar en las
pruebas selectivas por turno de ascenso convocadas por Resolución de 8 de
julio de 2022 para cubrir un puesto de trabajo en la categoría de Vigilante de
recintos arqueológicos. (2022062554)
Convocadas por Resolución de fecha 8 de julio de 2022 (DOE n.º 138, de 19 de julio) pruebas
selectivas por turno de ascenso para cubrir un puesto de trabajo vacante en la categoría de
Vigilante de recintos arqueológicos.
Conforme a lo establecido en la base cuarta, apartado 1, de la citada convocatoria, una vez
finalizado el plazo de presentación de instancias, el Director dictará resolución en plazo máximo de cinco días hábiles declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y
excluidos con indicación de la causa de exclusión, indicando los lugares en que se encuentran
al público expuestas las listas provisionales y concediendo un plazo de cinco días hábiles para
subsanación de defectos y reclamaciones, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el citado diario.
Por todo ello, al amparo de las competencias que me atribuyen los Estatutos de la entidad,
RESUELVO:
Primero. Declarar aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos/as con indicación
de la causa de exclusión, para participar en las pruebas selectivas convocadas mediante la
referida resolución.
Segundo. Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para subsanación de
defectos y reclamaciones, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.
No se considerará defecto formal subsanable la falta de presentación de los documentos exigidos para ser admitido en el plazo de la solicitud.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la exclusión
o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos,
serán definitivamente excluidos de la realización de la prueba.