Consejería De Educación Y Empleo. Concurso-oposición. Inspectores De Educación. (2022062474)
Resolución de 29 de julio de 2022, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores e Inspectoras de Educación en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 161
Lunes 22 de agosto de 2022
40794
c) Los aspirantes que sean funcionarios de carrera de los cuerpos docentes no universitarios dependientes de una Administración educativa distinta de la Consejería de
Educación y Empleo de la Junta de Extremadura deberán aportar la documentación
acreditativa de todos los requisitos y los méritos cuya valoración pretendan, conforme a lo establecido en el baremo (anexo I): copia simple de pertenecer a alguno de
esos cuerpos, en la que se hará constar cuerpo, número de registro personal, fecha
de ingreso y servicios prestados; que acrediten el cumplimiento de los requisitos
exigidos en el apartado 2.1 e) de la presente convocatoria.
d) Copia simple del resto de la documentación acreditativa de los méritos alegados por
el personal participante, relativos al baremo contenido en el anexo I de la presente
resolución.
e) C
opia simple acreditativa de haber abonado la tasa a que se refiere el apartado 3.6
de la presente resolución o, en su caso, documentación acreditativa de la exención
del pago de la misma.
La Administración educativa incorporará de oficio a la solicitud de participación de los
aspirantes del turno de acceso de personas con discapacidad, que sean funcionarios y
funcionarias docentes dependientes de la Administración de la Junta de Extremadura, la
certificación acreditativa de su discapacidad, salvo que el aspirante expresamente no lo
autorice.
Los aspirantes que sean funcionarios de carrera de los cuerpos docentes no universitarios
dependientes de una Administración educativa distinta de la Consejería de Educación y
Empleo de la Junta de Extremadura deberán aportar la documentación acreditativa de su
discapacidad.
Asimismo, en el caso de que, conforme a la presente convocatoria, los aspirantes del turno de acceso de personas con discapacidad soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios,
deberán aportar certificación o informe técnico del órgano competente que justifique la
concesión de la adaptación solicitada. La documentación deberá anexarse digitalmente a
la propia solicitud.
En cualquier momento la Administración podrá requerir al interesado aclaración y justificación de aquellos requisitos o méritos respecto de los cuales se planteen dudas o
reclamaciones.
En la instancia a presentar por los participantes, éstos deberán efectuar declaración responsable de que los datos incluidos y documentos aportados son veraces y coinciden con
la realidad, así como que declaran conocer que en el caso de falsedad en los datos y/o en
Lunes 22 de agosto de 2022
40794
c) Los aspirantes que sean funcionarios de carrera de los cuerpos docentes no universitarios dependientes de una Administración educativa distinta de la Consejería de
Educación y Empleo de la Junta de Extremadura deberán aportar la documentación
acreditativa de todos los requisitos y los méritos cuya valoración pretendan, conforme a lo establecido en el baremo (anexo I): copia simple de pertenecer a alguno de
esos cuerpos, en la que se hará constar cuerpo, número de registro personal, fecha
de ingreso y servicios prestados; que acrediten el cumplimiento de los requisitos
exigidos en el apartado 2.1 e) de la presente convocatoria.
d) Copia simple del resto de la documentación acreditativa de los méritos alegados por
el personal participante, relativos al baremo contenido en el anexo I de la presente
resolución.
e) C
opia simple acreditativa de haber abonado la tasa a que se refiere el apartado 3.6
de la presente resolución o, en su caso, documentación acreditativa de la exención
del pago de la misma.
La Administración educativa incorporará de oficio a la solicitud de participación de los
aspirantes del turno de acceso de personas con discapacidad, que sean funcionarios y
funcionarias docentes dependientes de la Administración de la Junta de Extremadura, la
certificación acreditativa de su discapacidad, salvo que el aspirante expresamente no lo
autorice.
Los aspirantes que sean funcionarios de carrera de los cuerpos docentes no universitarios
dependientes de una Administración educativa distinta de la Consejería de Educación y
Empleo de la Junta de Extremadura deberán aportar la documentación acreditativa de su
discapacidad.
Asimismo, en el caso de que, conforme a la presente convocatoria, los aspirantes del turno de acceso de personas con discapacidad soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios,
deberán aportar certificación o informe técnico del órgano competente que justifique la
concesión de la adaptación solicitada. La documentación deberá anexarse digitalmente a
la propia solicitud.
En cualquier momento la Administración podrá requerir al interesado aclaración y justificación de aquellos requisitos o méritos respecto de los cuales se planteen dudas o
reclamaciones.
En la instancia a presentar por los participantes, éstos deberán efectuar declaración responsable de que los datos incluidos y documentos aportados son veraces y coinciden con
la realidad, así como que declaran conocer que en el caso de falsedad en los datos y/o en