Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062507)
Resolución de 8 de agosto de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Universidad de Extremadura para un estudio sobre identificación y caracterización de los suelos de interés agrícola en Extremadura.
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NÚMERO 160
Viernes 19 de agosto de 2022
40606
Sexta. Forma de pago y justificación de la realización del objeto del convenio.
— Forma de pago:
1. U
n primer pago del 40 %, correspondiendo con un importe de 24.000,00 € al finalizar
los trabajos previstos en la actividad I y actividad II, en un máximo de 4 meses.
2. U
n segundo y último pago del 60 %, con un importe de 36.000,00 €, a la finalización de
los trabajos correspondientes a la actividad III, IV y V, en un máximo de 12 meses.
Ambos pagos deberán ser solicitados por la Universidad de Extremadura mediante oficio registrado, acompañado de la documentación correspondiente y deberá acreditar
estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, la Hacienda Autonómica
y la Seguridad Social.
— Justificación:
La justificación de la realización de cada una de las actividades del objeto del convenio
deberá presentarse por la Universidad de Extremadura ante la Secretaría General de la
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, dentro del periodo para
la ejecución los trabajos previstos en la actividad I, actividad II, actividad III, actividad IV
y actividad V, y/o de vigencia del mismo, según corresponda, y exigirá la presentación de
una Memoria de las actuaciones realizadas, en formato digital.
Una vez comprobada la documentación justificativa del cumplimiento del objeto del convenio, y prestada la conformidad de la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula
anterior, se procederá al abono de la cantidad correspondiente al primer pago y/o segundo
pago, según corresponda, a aportar por la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio, que exigirá además la previa justificación de los gastos y pagos
realizados para la ejecución del convenio, como mínimo, en la cuantía aportada por la
Junta de Extremadura, mediante certificación expedida por el Gerente de la Universidad
de Extremadura o el funcionario en quien delegue, en el plazo máximo de 45 días desde la
fecha de vencimiento del periodo para la ejecución los trabajos previstos en la actividad I,
actividad II, así como al finalizar la actividad III, IV y V y/o de vigencia del convenio.
En cualquier caso, la Junta de Extremadura quedará eximida del abono de cualquier cantidad
que no haya sido justificada por la Universidad de Extremadura en la forma antes señalada.
Séptima. Medidas de Información y publicidad.
El presente convenio se encuentra cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER) en un 80%, por lo que la Universidad de Extremadura se compromete cumplir
con las directrices en publicidad del carácter público de la contratación, teniendo en cuenta
Viernes 19 de agosto de 2022
40606
Sexta. Forma de pago y justificación de la realización del objeto del convenio.
— Forma de pago:
1. U
n primer pago del 40 %, correspondiendo con un importe de 24.000,00 € al finalizar
los trabajos previstos en la actividad I y actividad II, en un máximo de 4 meses.
2. U
n segundo y último pago del 60 %, con un importe de 36.000,00 €, a la finalización de
los trabajos correspondientes a la actividad III, IV y V, en un máximo de 12 meses.
Ambos pagos deberán ser solicitados por la Universidad de Extremadura mediante oficio registrado, acompañado de la documentación correspondiente y deberá acreditar
estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, la Hacienda Autonómica
y la Seguridad Social.
— Justificación:
La justificación de la realización de cada una de las actividades del objeto del convenio
deberá presentarse por la Universidad de Extremadura ante la Secretaría General de la
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, dentro del periodo para
la ejecución los trabajos previstos en la actividad I, actividad II, actividad III, actividad IV
y actividad V, y/o de vigencia del mismo, según corresponda, y exigirá la presentación de
una Memoria de las actuaciones realizadas, en formato digital.
Una vez comprobada la documentación justificativa del cumplimiento del objeto del convenio, y prestada la conformidad de la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula
anterior, se procederá al abono de la cantidad correspondiente al primer pago y/o segundo
pago, según corresponda, a aportar por la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio, que exigirá además la previa justificación de los gastos y pagos
realizados para la ejecución del convenio, como mínimo, en la cuantía aportada por la
Junta de Extremadura, mediante certificación expedida por el Gerente de la Universidad
de Extremadura o el funcionario en quien delegue, en el plazo máximo de 45 días desde la
fecha de vencimiento del periodo para la ejecución los trabajos previstos en la actividad I,
actividad II, así como al finalizar la actividad III, IV y V y/o de vigencia del convenio.
En cualquier caso, la Junta de Extremadura quedará eximida del abono de cualquier cantidad
que no haya sido justificada por la Universidad de Extremadura en la forma antes señalada.
Séptima. Medidas de Información y publicidad.
El presente convenio se encuentra cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER) en un 80%, por lo que la Universidad de Extremadura se compromete cumplir
con las directrices en publicidad del carácter público de la contratación, teniendo en cuenta