Consejería De Educación Y Empleo. Residencias No Universitarias. (2022062513)
Resolución de 3 de agosto de 2022, de la Secretaría General de Educación, por la que se hace pública la concesión de plazas en residencias escolares de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2022/2023.
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NÚMERO 159

40405

Jueves 18 de agosto de 2022

RESOLUCIÓN de 3 de agosto de 2022, de la Secretaría General de Educación,
por la que se hace pública la concesión de plazas en residencias escolares de
la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2022/2023. (2022062513)
De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 31 de mayo de 2022 (DOE n.º 109, de 8 de
junio de 2022), que regula la convocatoria de plazas en residencias escolares de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el alumnado matriculado en centros públicos en el curso
2022/2023 a tenor de lo dispuesto en su artículo 9 y a propuesta de la Dirección General de
Innovación e Inclusión Educativa, en uso de las atribuciones que tengo conferidas.
RESUELVO:
Hacer público en el Diario Oficial de Extremadura que las listas que contienen la relación de
plazas concedidas y denegadas en residencias escolares se encuentran expuestas en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de Educación, sin perjuicio de la notificación individual a los interesados.
Se indica que contra la referida resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse por los interesados, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de
Educación y Empleo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Podrán también interponer directamente, en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su notificación, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Todo
ello, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 3 de agosto de 2022.
El Secretario General de Educación
El Director General de Formación
Profesional y Formación para el Empleo,
(DOE núm. 153, de 8 de agosto de 2019)
MANUEL GÓMEZ PAREJO

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