Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022062485)
Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es Francisco López Chaves, en el término municipal de Fuente de Cantos.
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NÚMERO 157
Martes 16 de agosto de 2022
40178
2. E
l Plan de Aplicación Agrícola de Estiércoles será de carácter anual, por lo que, cuando la
Dirección General de Sostenibilidad lo estime conveniente, y de cualquier modo antes del
1 de marzo de cada año, deberá enviarse esta documentación.
Residuos:
3. D
e conformidad con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para
una economía circular, el titular de la instalación industrial dispondrá de un archivo físico o
telemático donde se recoja por orden cronológico la cantidad, naturaleza, origen y destino
de los residuos producidos; cuando proceda se inscribirá también, el medio de transporte y
la frecuencia de recogida. En el Archivo cronológico se incorporará la información contenida
en la acreditación documental de las operaciones de producción y gestión de residuos. Se
guardará la información archivada durante, al menos, tres años.
4. A
ntes de dar traslado de los residuos a una instalación para su valorización o eliminación
deberá solicitar la admisión de los residuos y contar con el documento de aceptación de los
mismos por parte del gestor destinatario de los residuos.
5. A
simismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de
aceptación de los residuos en las instalaciones de tratamiento, valorización o eliminación
y los ejemplares de los documentos de control y seguimiento de origen y destino de los
residuos por un periodo de cinco años.
Vertidos:
6. E
n relación con la vigilancia de la afección de las aguas, junto con la documentación a
entregar en el certificado del acta de puesta en servicio, el titular de la instalación propondrá
y justificará la ubicación de pozos testigos que permitan estudiar la evolución de la calidad
de las aguas subterráneas y la no afección de éstas debido a fugas de lixiviados o de
infiltraciones desde los sistemas de almacenamiento de aguas residuales y de estiércoles.
Se planteará, junto con la localización de los puntos de muestreo, la periodicidad de los
controles analíticos precisos para estudiar la evolución de la calidad de las aguas y la no
afección de éstas debido al ejercicio de la actividad.
7. E
valuación del funcionamiento del sistema de almacenamiento de purines, aguas de
limpieza de las naves, donde deberá registrarse y controlar:
— El nivel de llenado de las balsas.
— La existencia de fugas.
Martes 16 de agosto de 2022
40178
2. E
l Plan de Aplicación Agrícola de Estiércoles será de carácter anual, por lo que, cuando la
Dirección General de Sostenibilidad lo estime conveniente, y de cualquier modo antes del
1 de marzo de cada año, deberá enviarse esta documentación.
Residuos:
3. D
e conformidad con la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para
una economía circular, el titular de la instalación industrial dispondrá de un archivo físico o
telemático donde se recoja por orden cronológico la cantidad, naturaleza, origen y destino
de los residuos producidos; cuando proceda se inscribirá también, el medio de transporte y
la frecuencia de recogida. En el Archivo cronológico se incorporará la información contenida
en la acreditación documental de las operaciones de producción y gestión de residuos. Se
guardará la información archivada durante, al menos, tres años.
4. A
ntes de dar traslado de los residuos a una instalación para su valorización o eliminación
deberá solicitar la admisión de los residuos y contar con el documento de aceptación de los
mismos por parte del gestor destinatario de los residuos.
5. A
simismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de
aceptación de los residuos en las instalaciones de tratamiento, valorización o eliminación
y los ejemplares de los documentos de control y seguimiento de origen y destino de los
residuos por un periodo de cinco años.
Vertidos:
6. E
n relación con la vigilancia de la afección de las aguas, junto con la documentación a
entregar en el certificado del acta de puesta en servicio, el titular de la instalación propondrá
y justificará la ubicación de pozos testigos que permitan estudiar la evolución de la calidad
de las aguas subterráneas y la no afección de éstas debido a fugas de lixiviados o de
infiltraciones desde los sistemas de almacenamiento de aguas residuales y de estiércoles.
Se planteará, junto con la localización de los puntos de muestreo, la periodicidad de los
controles analíticos precisos para estudiar la evolución de la calidad de las aguas y la no
afección de éstas debido al ejercicio de la actividad.
7. E
valuación del funcionamiento del sistema de almacenamiento de purines, aguas de
limpieza de las naves, donde deberá registrarse y controlar:
— El nivel de llenado de las balsas.
— La existencia de fugas.