Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062483)
Resolución de 3 de agosto de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Segunda Adenda al Convenio suscrito el 18 de octubre de 2019 entre la Confederación Hidrográfica del Guadiana, la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz para la financiación y ejecución de las obras contenidas en el proyecto de "Actuación y mejoras de las carreteras de Helechosa de los Montes a Bohonal y Villarta de los Montes (Badajoz)", conocidas como "Y" Reserva del Cíjara, y posterior cesión de las carreteras a la Diputación Provincial de Badajoz.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 155
Jueves 11 de agosto de 2022
39769
Séptimo. En relación con lo anteriormente expuesto en los Expositivos Tercero, Cuarto, Quinto
y Sexto, las siguientes estipulaciones Quinta y Sexta del Convenio establecen, respectivamente, la forma de pago y justificación de la subvención otorgada por la Junta de Extremadura y
de la transferencia de capital otorgada por la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Octavo. Además, en la estipulación Séptima del Convenio, modificada mediante la primera
Adenda, “Obligaciones de la entidad beneficiaria de la transferencia de capital de la Confederación Hidrográfica del Guadiana y de la subvención de la Junta de Extremadura”, se pactó
que la Diputación Provincial de Badajoz, como entidad beneficiaria de la transferencia de capital de la CHG y la subvención autonómica previstas en este Convenio, asumía, entre otros,
el siguiente compromiso:
“4. Comprometerse a que la totalidad de las obras objeto de la financiación prevista en
este convenio estén finalizadas a fecha de 30 de junio de 2023.
Este plazo podrá ser ampliado, previa petición de la entidad beneficiaria, por un periodo
de hasta la mitad del periodo del que dispone para la ejecución de todas las obras, previa
autorización de los órganos gestores de las ayudas. Dicha petición deberá ser cursada con
una antelación mínima de un mes a la fecha de finalización del plazo de ejecución, debiendo la beneficiaria acreditar la imposibilidad de la ejecución de las obras”.
Noveno. Por último, en la estipulación decimocuarta relativa al “plazo de duración del Convenio” se establecía lo siguiente “de acuerdo con la naturaleza de las obras a ejecutar y la previsión de distribución de anualidades indicadas en las Estipulaciones Quinta y Sexta, el plazo de
ejecución del presente convenio comprenderá desde su inscripción en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y sea publicado
en el “Boletín Oficial del Estado” hasta el 30 de junio de 2023”.
Por cuanto antecede, las partes de conformidad con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico, en relación con lo dispuesto en el primer
párrafo de la estipulación decimotercera del convenio, acuerdan por unanimidad la modificación del contenido del Convenio, mediante la suscripción de la presente Adenda, de conformidad con las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera. El objeto de la presente adenda es la modificación de las anualidades, financiación
y duración del Convenio suscrito con fecha 18 de octubre de 2019 entre la Confederación Hidrográfica del Guadiana, la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz para
la financiación y ejecución de las obras contenidas en el proyecto de “Actuación y mejoras
de las carreteras de Helechosa de los Montes a Bohonal y Villarta de los Montes (Badajoz)”,
Jueves 11 de agosto de 2022
39769
Séptimo. En relación con lo anteriormente expuesto en los Expositivos Tercero, Cuarto, Quinto
y Sexto, las siguientes estipulaciones Quinta y Sexta del Convenio establecen, respectivamente, la forma de pago y justificación de la subvención otorgada por la Junta de Extremadura y
de la transferencia de capital otorgada por la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Octavo. Además, en la estipulación Séptima del Convenio, modificada mediante la primera
Adenda, “Obligaciones de la entidad beneficiaria de la transferencia de capital de la Confederación Hidrográfica del Guadiana y de la subvención de la Junta de Extremadura”, se pactó
que la Diputación Provincial de Badajoz, como entidad beneficiaria de la transferencia de capital de la CHG y la subvención autonómica previstas en este Convenio, asumía, entre otros,
el siguiente compromiso:
“4. Comprometerse a que la totalidad de las obras objeto de la financiación prevista en
este convenio estén finalizadas a fecha de 30 de junio de 2023.
Este plazo podrá ser ampliado, previa petición de la entidad beneficiaria, por un periodo
de hasta la mitad del periodo del que dispone para la ejecución de todas las obras, previa
autorización de los órganos gestores de las ayudas. Dicha petición deberá ser cursada con
una antelación mínima de un mes a la fecha de finalización del plazo de ejecución, debiendo la beneficiaria acreditar la imposibilidad de la ejecución de las obras”.
Noveno. Por último, en la estipulación decimocuarta relativa al “plazo de duración del Convenio” se establecía lo siguiente “de acuerdo con la naturaleza de las obras a ejecutar y la previsión de distribución de anualidades indicadas en las Estipulaciones Quinta y Sexta, el plazo de
ejecución del presente convenio comprenderá desde su inscripción en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y sea publicado
en el “Boletín Oficial del Estado” hasta el 30 de junio de 2023”.
Por cuanto antecede, las partes de conformidad con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico, en relación con lo dispuesto en el primer
párrafo de la estipulación decimotercera del convenio, acuerdan por unanimidad la modificación del contenido del Convenio, mediante la suscripción de la presente Adenda, de conformidad con las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera. El objeto de la presente adenda es la modificación de las anualidades, financiación
y duración del Convenio suscrito con fecha 18 de octubre de 2019 entre la Confederación Hidrográfica del Guadiana, la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz para
la financiación y ejecución de las obras contenidas en el proyecto de “Actuación y mejoras
de las carreteras de Helechosa de los Montes a Bohonal y Villarta de los Montes (Badajoz)”,